REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
San Cristóbal, 06 de Junio de 2005
195º y 146º
ACTA DE PRORROGA
En la audiencia de hoy, Lunes, 06 de Junio de 2005, siendo las Diez (10:00) de la mañana para que tenga lugar en la presente causa la AUDIENCIA DE PRORROGA del lapso establecido en el artículo 250 parágrafo cuarto del Código Orgánico Procesal Penal, solicitado por la ciudadana Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público, Abogado MAYTHE PINEDA, en la causa No. 5C-6705/05, seguida contra el ciudadano JOSE WILSON PEREZ DAVILA, identificado en autos, a quien se le imputa la presunta comisión de uno de los DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de la adolescente NELLY CRISTINA CASTRO FUENTES. Seguidamente, el Tribunal verifica la presencia de las partes, estando presentes la Representación Fiscal, Abg. MAYTHE PINEDA, el imputado de autos, asistido por su abogado defensor el Abg. Edgar Olivo Ramírez. Seguidamente, se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público, quien manifestó “Ratifico el contenido de la solicitud visto que no se ha recabado tosa la información, hay un aparte del expediente de la cual solicito se envíe a los fines de recabar toda la información solicitada, que son de importancia para la investigación, razón por la cual solicita la prorroga señalada en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por un término de quince días continuos, a contar desde el vencimiento del lapso originario a los fines de lograr el esclarecimiento total y absoluto de los hechos investigados por parte de la Fiscalía a su cargo. Es todo”. Seguidamente, el Tribunal concede el derecho de palabra a la Defensa, Abg. Edgar Olivo Ramírez, expuso: “yo estoy de acuerdo con la prorroga, pero que sea de 10 días, y no de 15 Días como lo solicita la ciudadana fiscal del Ministerio Publico, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al imputado, quien expuso: “Estoy de acuerdo con la prorroga, es todo”. El tribunal concede la prorroga solicitada por el Ministerio Publico hasta por 10 días, se ordena la remisión del expediente urgentemente a la fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, para que efectúen las diligencias pertinentes. En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA LA PRORROGA, POR EL LAPSO DE DIEZ (10) DÍAS CONTINUOS, contados a partir del día 06-06-05, a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal,. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:30 de la mañana.
ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. MAYTHE PINEDA
FISCALIA DÉCIMA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
PÉREZ DÁVILA JOSÉ WILSON
IMPUTADO
DI PD
ABG. EDGAR OLIVO RAMÍREZ
DEFENSOR PRIVADO
ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIÉRREZ
SECRETARIA DE CONTROL
Causa Nº 5C-6505-05