REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida interpuesta por las ABG CARMEN ELENA BARRIOS PADILLA y ABG ESCALANTE LEIDA JOSEFINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.379.674 y 5.400.337, respectivamente e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 63.674 y 26.858, respectivamente, en su carácter de defensoras privadas del imputado GIOVANNY RAFAEL CALDERA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 14.059.484, y se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, Regístrese, Diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes la presente decisión.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL
IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG ANGELICA VELASQUEZ JIMENEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
IMH/AVJ/jpc.-
Causa N° 1C-48174-05