REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Se acuerda calificar como flagrantes la aprehensión así como los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos José Leoncio Díaz Rosas, titular de la cédula de identidad N° V-16.889.747, edad: 23 años; profesión u oficio: estudiante universitario en la Universidad Santa María domicilio: Parque Residencial Los Helechos, torre A, piso 3, apto. 34, San Antonio de Los Altos, Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, teléfono 3721448, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 22-02-82, padres: Eva Rosas (v) y Oscar Díaz (v) y Erick Andrés Valero Lobo, titular de la cédula de identidad N° V-16.273.803, edad: 20 años; profesión u oficio: estudiante universitario en el IUTIRLA, domicilio: Parque Residencial Los Helechos, torre H, piso 16 apto. 163, San Antonio de Los Altos, Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, teléfono 3732025, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 17-08-84, padres: Eden Lobo (v) y Eduin Valero (v).-
SEGUNDO: Se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimientos de los hechos y vista la facultad conferida al Ministerio Público de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el último aparte del artículo 373 ejusdem.
TERCERO: No se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para aplicar a los imputados las medidas cautelares sustitutivas de libertad, en consecuencia se decreta la libertad plena de los imputados José Leoncio Díaz Rosas, titular de la cédula de identidad N° V-16.889.747, edad: 23 años; profesión u oficio: estudiante universitario en la Universidad Santa María domicilio: Parque Residencial Los Helechos, torre A, piso 3, apto. 34, San Antonio de Los Altos, Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, teléfono 3721448, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 22-02-82, padres: Eva Rosas (v) y Oscar Díaz (v) y Erick Andrés Valero Lobo, titular de la cédula de identidad N° V-16.273.803, edad: 20 años; profesión u oficio: estudiante universitario en el IUTIRLA, domicilio: Parque Residencial Los Helechos, torre H, piso 16 apto. 163, San Antonio de Los Altos, Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, teléfono 3732025, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 17-08-84, padres: Eden Lobo (v) y Eduin Valero (v).
CUARTO: Quedan notificadas las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL
DRA IRIS MORANTE HERNANDEZ
EL SECRETARIO
ABG HECTOR PEREZ ARIAS
Causa 1C-48237-05
IMH/HPA/jpc.-