REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 22 de junio de 2005
195° y 146°
Causa N° 2C12343/02
Juez: ROSA AMARISTA DE OROPEZA
Fiscal: DRA. JOSMAR DIAZ TOLEDO, FISCAL AUXILIAR DECIMO
SEGUNDO DEL MINISTERIO PUBLICO.
Defensor Privado: DR. ESTEVES MARTINEZ WILSON
Imputada: JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL
Victima: RUY ALBERTO DE FREITAS, asistido por la Abg. MARIA DILIA DE FREITAS.
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia:
En fecha 11 de marzo de 2003, este Tribunal en audiencia preliminar acordó: “...se suspende condicionalmente el proceso a favor de la imputada por el término de dos años...”
El plazo fijado para el régimen de proceso fue de dos (02) años contados a partir del 11/03/03, el cual venció el 11/03/05 a la imputada JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL, titular de la cédula de identidad N° 15.207.970, de nacionalidad venezolana, residenciada en la Urbanización Utal, Calle San Juan Bosco, parcela N° 11, San Antonio de Los Altos, se le impusieron las siguientes condiciones: 1° Residir en su dirección actual de habitación. 2° Culminar su educación para obtener el título TSU en Diseño Gráfico en el Instituto Monseñor de Talavera. 3° Prestar servicios en Caritas de Venezuela San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, un sábado al mes durante cuatro (04) horas. 4° Someterse a tratamiento psicológico. 5° Someterse a la vigilancia de sus padres. 6° No conducir vehículos.
Constatado como ha sido el cumplimiento de las condiciones impuestas por parte a la ciudadana JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL, titular de la cédula de identidad N° 15.207.970, tal como se desprende de las constancias insertas a los folios 191 al 199 de la presente causa, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la presente causa seguida a la ciudadana JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL, titular de la cédula de identidad N° 15.207.970, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7° ejusdem.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a la ciudadana JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL, titular de la cédula de identidad N° 15.207.970, de nacionalidad venezolana, residenciada en la Urbanización Utal, Calle San Juan Bosco, parcela N° 11, San Antonio de Los Altos, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7° ejusdem. SEGUNDO: Se decreta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputada de la ciudadana JANET ALEXANDRA ROMERO ESPINEL.
Regístrese, publíquese, déjese copia.
La Juez
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria
GABRIELA PEÑA GONZALEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
GABRIELA PEÑA GONZALEZ
Causa N° 2C12343/02
RAO/GPG/angela.-