REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 25 de junio de 2005
195º y 146º

JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DIAZ.
SECRETARIA: ALMA AKYLEYA MONSALVE de FUENMAYOR.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: Dr. EDDI GILBERTO ROSALES SANNAZZARO, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques.
IMPUTADO: VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO.
DEFENSA: Dr. HECTOR PEREZ ARIAS, adscrito a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda.


De conformidad con lo señalado en el artículo 177 del texto adjetivo penal vigente, se dicta seguidamente auto aparte, realizada como lo fue en esta fecha, sábado 25 de junio de 2005, audiencia en ocasión de la presentación del ciudadano VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO.


IDENTIFICACIÓN DEL INVESTIGADO

El ciudadano VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO, señaló al tribunal sus datos de identificación de la siguiente manera: nacionalidad: Venezolano, natural del Estado Aragua, San Casimiro, nacido en fecha 13/12/1957, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Comerciante en ventas en las siguientes empresas: Ambientadores la Burbuja en Caracas, Comercial Macris en Caracas, Inversiones Monrroy en San Antonio de Los Altos y el Hogar del Carro en San Antonio de Los Altos, nombre de sus padres: MARIA MONRROY (v) y RAFAEL HUMBERTO VARGAS IDALGO (F), residenciado en: El Picacho, calle Aragua, casa N° 01, Municipio Los Salias (vivo con mi mama), teléfono: 0416-407.69.21, también tengo otra dirección que es en la urbanización San Juan, casa N° 27, quinta La Perseverancia, cerca del Picacho, en San Antonio de los Altos, Estado Miranda, Indocumentado, quien manifestó ser titular de la cédula de identidad Nro. 5.072.271.-

(OMITIDO)


PARTE DISPOSITIVA

Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en al ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE del imputado VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO, nacionalidad: Venezolano, natural del Estado San Casimiro-Aragua, en fecha 13/12/1957, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Comerciante en ventas en la S siguientes empresas: Ambientadores la Burbuja en caracas, Comercial Macris en Caracas, Inversiones Monrroy en San Antonio de Los Altos y el Hogar del Carro en San Antonio de Los Altos, nombre de sus padres: MARIA MONRROY (v) y RAFAEL HUMBERTO VARGAS HIDALGO (F), residenciado en: El Picacho, calle Aragua, casa N° 01 Municipio Los Salias, y vivo con mi mama, teléfono: 0416-407.69.21 también tengo otra dirección que es en la urbanización San Juan, casa N° 27, quinta la Perseverancia, cerca del Picacho, en San Antonio de los Altos-Estado Miranda, Indocumentado, quien manifestó ser titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.072.271, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se ORDENA que se prosiga la presente investigación a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: se ACUERDA LA LIBERTAD INMEDIATA Y SIN RESTRICCIONES del ciudadano VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO, nacionalidad: Venezolano, natural del Estado San Casimiro-Aragua, en fecha 13/12/1957, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Comerciante en ventas en la S siguientes empresas: Ambientadores la Burbuja en caracas, Comercial Macris en Caracas, Inversiones Monrroy en San Antonio de Los Altos y el Hogar del Carro en San Antonio de Los Altos, nombre de sus padres: MARIA MONROY (v) y RAFAEL HUMBERTO VARGAS IDALGO (F), residenciado en: El Picacho, calle Aragua, casa N° 01 Municipio Los Salias, y vivo con mi mama, teléfono: 0416-407.69.21 también tengo otra dirección que es en la urbanización San Juan, casa N° 27, quinta la Perseverancia, cerca del Picacho, en San Antonio de los Altos-Estado Miranda, Indocumentado, quien manifestó ser titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.072.271, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 7 numerales 1, 3 y 6 de la Ley Aprobatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”, razón por la que se acuerda librar la respectiva Boleta de Excarcelación, remitida anexa a un oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Los Salias. CUARTO: Habiendo sido pronunciado el dispositivo en audiencia quedan notificadas las partes presentes de su contenido. QUINTO: Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques. REGISTRESE. DÉJESE COPIA AUTORIZADA DE LAPRESENTE DECISIÓN.

LA JUEZ

LIESKA DANIELA FORNES DIAZ


LA SECRETARIA

ALMA AKYLEYA MONSALVE DE FUENMAYOR

N° 3C-49043-05
25-06-2005
VARGAS MONROY RAFAEL HUMBERTO