REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 14 de junio de 2005
195º y 146º
CAUSA N° 3E3002-05
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO.-

SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ.-


IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PROCESADOS: MONTILLA JULIO DAVID, JOSELIN ALVARO DE MOYA VALVERDE, GONZALEZ EFRAIN ANTONIO, MONTILLA OSWALDO JOSE, PACHECO RODIRGUEZ CARLOS ALBERTO y CARREÑO RUBEN DARIO, titulares de las cedulas de Identidad personal Nros. 3..232.918, 4.074.810, 3.350.085, 3.710.280, 3.485.729 y 3.408.032 respectivamente, de nacionalidad, venezolanos todos, profesión u oficio el primero operador de Radio, presentando como ultima residencia Urbanización Ciudad Losada, Calle 3, Casa Nro. 9, Santa Teresa del Tuy, Estado Mirada, el segundo Dibujante publicitario, y presentando como ultima dirección Vereda 103 de Coche, Quinta Evilyn, Planta Alta, Parroquia el Valle, Caracas Distrito Capital, el tercero motorizado, ultima dirección Bloque 4, Apartamento Nro 41, Caricuao, Parroquia Caricuao. Caracas Distrito Capital, el cuarto Técnico Mecánico, presento como Última Dirección Urbanización la Hacienda, Bloque, Bloque 2, piso 7, apartamento N° 701, Letra B, Caricuao, Parroquia Caricuao, Caracas Distrito Capital, el quinto Auxiliar de Oficina, presentando como última dirección bloque 4, Escalera 1, apartamento N° 21, piso 2, zona 2, UC-2, Caricuao, Parroquia Caricuao, y el sexto Chofer, y presentando como última dirección bloque 3, apartamento 42, Caricuao, parroquia Caricuao,.-

DEFENSA: DE LOS ACUSADOS: PACHECO RODIRGUEZ CARLOS ALBERTO, asistido en este acto por el profesional del derecho Abg. RAMON IGNACIO LOPEZ MARCANO, CARREÑO RUBEN DARIO, representado en este acto por la Abg. MARINELLA HERNANDEZ adscrita a la Unidad Publica Penal 79, y los acusados EFRAIN ANTONIO GONZALEZ, MONTILLA OSWALDO JOSE, JULIO DAVID MONTILLA, representados por el defensor Publico N° 1, de presos y en acusado JOSELIN ALVARO DE MOYA VALVERDE, representado en este acto por el profesional del derecho Abg. LUIS FARIAS COLON Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 618.-

FISCAL: ABG: ANGEL RAFAEL BASTARDO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.-.
VICTIMAS: ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO BANCARIOS, AUTO CARACAS, MUEBLERIA PARISO COLONIAL, COMERCIAL BUTY, HERRAMIENTAS MOGAR Y LICORERIA LAS MERCEDES.-

DELITO: ROBO A MANO ARMADA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y AGAVILLAMIENTO.-

Definitivamente firme como se encuentra la decisión dictada en fecha 08 de diciembre de 2004 por la SALA ACCIDENTAL SEGUNDA DE REEVIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICILA PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL, que PRIMERO: ACORDO, REVOCAR la sentencia dictada en fecha 16 de septiembre del año 1980, por suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo penal de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y en SEGUNDO decretó el SOBRESEIMIENTO a favor de los ciudadanos MONTILLA JULIO DAVID, JOSELIN ALVARO DE MOYA VALVERDE, GONZALEZ EFRAIN ANTONIO, MONTILLA OSWALDO JOSE, PACHECO RODIRGUEZ CARLOS ALBERTO y CARREÑO RUBEN DARIO, titulares de las cedulas de Identidad personal Nros. 3.232.918, 4.074.810, 3.350.085, 3.710.280, 3.485.729 y 3.408.032 respectivamente, de nacionalidad, venezolanos todos, profesión u oficio el primero operador de Radio, presentando como ultima residencia Urbanización Ciudad Losada, Calle 3, Casa Nro. 9, Santa Teresa del Tuy, Estado Mirada, el segundo Dibujante publicitario, y presentando como ultima dirección Vereda 103 de Coche, Quinta Evilyn, Planta Alta, Parroquia el Valle, Caracas Distrito Capital, el tercero motorizado, ultima dirección Bloque 4, Apartamento Nro 41, Caricuao, Parroquia Caricuao. Caracas Distrito Capital, el cuarto Técnico Mecánico, presento como Última Dirección Urbanización la Hacienda, Bloque, Bloque 2, piso 7, apartamento N° 701, Letra B, Caricuao, Parroquia Caricuao, Caracas Distrito Capital, el quinto Auxiliar de Oficina, presentando como última dirección bloque 4, Escalera 1, apartamento N° 21, piso 2, zona 2, UC-2, Caricuao, Parroquia Caricuao, y el sexto Chofer, y presentando como última dirección bloque 3, apartamento 42, Caricuao, parroquia Caricuao, en virtud de la solicitud presentada por el Fiscal segundo del Ministerio Público de este Estado representado por el Profesional del Derecho Dr. JOSE LUIS SAPIAIN, por la presunta comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y AGAVILLAMIENTO, previsto en los artículos 460, 278,454 ordinal 8° todos del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción judicial de la acciones penales correspondientes, en aplicación de los artículo 108, ordinales 1° 6° Y 4° en relación con el primer aparte del articulo 110 y 37 ambos del código sustantivo penal, y a lo dispuesto en el 48 ordinal 8° 318 del ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, habiéndose decretado la libertad plena de los investigados en fecha 08 de diciembre del año dos mil cuatro (2004), al dictarse el dispositivo por la SALA ACCIDENTAL SEGUNDA DE REEVIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICILA PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL, siendo el Estado Venezolano exonerado en costas, se advierte que no hay actuaciones que practicar por este tribunal de ejecución, por lo que se acuerda PRIMERO: Se ordena oficiar al Consultor Jurídico del Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de Caracas Distrito Capital, a objeto de que se sirva EXCLUIR de PANTALLA a los ciudadanos MONTILLA JULIO DAVID, JOSELIN ALVARO DE MOYA VALVERDE, GONZALEZ EFRAIN ANTONIO, MONTILLA OSWALDO JOSE, PACHECO RODIRGUEZ CARLOS ALBERTO y CARREÑO RUBEN DARIO; y SEGUNDO: remitir en la oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judicial a los fines de su cuido y resguardo. Regístrese. Cúmplase.
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO

El Secretario


EDUARDO SANCHEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, formándose legajo para la remisión del expediente a la Oficina de Archivo Judicial de esta localidad.

El Secretario


EDUARDO SANCHEZ
JGHL/ES/msj
Causa Nº 3E-3002-05