REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Los Teques, 06 de Junio de 2.005.


195º Y 146º



Debidamente impuesto como ha quedado el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, al cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Vista igualmente la comunicación No. 209-2003, de fecha 03/05/2005, emanada de la Oficina de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad de la Alcaldía Municipio Tomas Lander del Estado Miranda; este Tribunal, observa:


Que el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inició el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, a partir del día 14/04/2005, hasta el día de hoy, han transcurrido UN (01) MES Y VEINTITRES (23) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA por un lapso de tiempo de DOS (02) AÑOS, se observa que le falta por cumplir del tiempo de DIEZ (10) MESES Y SIETE (07) DIAS, medida que culminará el día 14/04/2007.


Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medida impuesta al sancionado, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrese Boleta de Citación al joven adulto Libertad Asistida, para el día lunes 20/06/2005, a las 10:30 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público. Ofíciese a la Oficina de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad de la Alcaldía Municipio Tomas Lander del Estado Miranda, informando sobre el contenido del presente cómputo. Cúmplase.-
La Juez.,

NEYDA JOSEFINA CAÑIZALEZ P.


La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO


NJCP/Gop
Act.1E-265/04