REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Los Teques, 09 de Junio de 2.005.


195º Y 146º



Debidamente impuesto como ha quedado el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, al cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta, dictada por el Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Visto igualmente la consignación de los suplementos dominicales y control de presentaciones emanado del Instituto Autónomo del Cuerpo de Bomberos con sede en Santa Lucia; este Tribunal, observa:

Que el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta, a partir del día 28/08/2004, hasta el día de hoy, han transcurrido NUEVE (09) MESES Y DOCE (12) DIAS, y sentenciada como fue a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, se observa que le falta por cumplir del tiempo de DOS (02) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, medida que culminará el día 28/08/2005.

Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrese Boleta de Citación al joven adulto Libertad Asistida, para el día lunes 11/07/2005, a las 10:30 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público. Ofíciese al Cuerpo de Bomberos de Santa Luicia, informando sobre el contenido del presente cómputo. Cúmplase.-
La Juez.,

NEYDA JOSEFINA CAÑIZALEZ P.


La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO


NJCP/Gop
Act.1E-346/04