REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE CONTROL

Guarenas, 30 de Junio de 2005
194° y 145°


Por cuanto de la revisión efectuada en la presente causa seguida al ciudadano COLINA ORTA FRANKLIN LEONEL a quien se le sigue proceso por ante éste Tribunal en la causa signada con el N° 2C00465-05; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4° del Código Penal. Vigente, para decidir éste Tribunal observa:

La presente causa inició en fecha Ocho (08) de mayo del año 2005, en virtud de presentación del ciudadano, por la Fiscal Cuarta del Ministerio Público. DRA. SUSANA CHURION DEL VECCHIO, quien puso a la orden de éste Tribunal al imputado quien fuera detenido, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal, Realizada la audiencia oral, éste Tribunal Segundo en función de Control DECRETO MEDIDAS CAUTELARES, en contra del ya identificado imputado de las contenidas en el artículo 256 numerales 3°, 4°, 5° y 8°, debiendo presentar dos fiadores que acreditaran capacidad económica y devengaran un salario, igual no menor de CUARENTA (40) UNIDADES TRIBUTARIAS, en su conjunto.

Ahora bien por cuanto ha transcurrido más de un mes, sin que hasta la presente fecha hayan sido consignados los requisitos requeridos por éste Tribunal. En consecuencia Considera este Tribunal Segundo en función de Control, de conformidad a lo previsto en el artículo 263 en concordancia con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se hace procedente ACORDAR, con lugar Las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contenidas en el artículo 256 numerales 3° presentación cada quince (15) días por ante El Tribunal Segundo en función de Control, de esta Extensión Judicial, 4° prohibición de salida de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y Municipio Capital, (Caracas), 5° prohibición de acercarse al LICEO LAUREANO MEJIAS.

En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (Extensión Barlovento), administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere la ley ACUERDA CONCEDERLE al imputado COLINA ORTA FRANKLIN LEONEL, quien es titular de la Cédula de Identidad N° 13.191.180, Las Medidas Cautelares en los términos señalados, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 256 numerales 3, 4 y 5° , 263 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE. Líbrese Boleta de Excarcelación a nombre del ciudadano COLINA ORTA FRANKLIN LEONEL, líbrese Boleta de Citación a los fines de que sea impuesto de las condiciones aquí contenidas. Notifíquese a las partes, diarícese, regístrese, publiquese.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS.

LA SECRETARIA

ABG. KARLA SANTIN
ACT. 2C00465-05