REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS
TRIBUNAL DE EJECUCION


Guarenas, 20 de Junio de 2.005

195º y 146º



Causa: N° 1E269-03

Adolescente: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS

Fiscal 18° del Ministerio Público, Dr OMAR JIMENEZ

Defensa Pública: Dr. NESTOR PEREYRA

Delito: ROBO GENÉRICO

Sanción: Dos (02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA, DOS (02) AÑOS DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIOS COMUNITARIOS



Al adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS
, mediante decisión de fecha 11-11-2003, del Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial le fue impuesta la medida de Imposición de Reglas de Conducta, Libertad Asistida y Servicios Comunitarios, previstas en los artículos 624,625 y 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal, hoy reformado.
Ahora bien, por cuanto el día 04 de febrero de 2004, se impuso al adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS
las medidas de Libertad Asistida, Imposición de Reglas de conducta y servicios comunitarios, ante lo cual se determinó que la medida de servicios comunitarios debería ser cumplida hasta el día ocho (08) de julio de 2004 y las dos anteriores, el día ocho (08) de enero de 2006.
Ahora bien, en fecha dos (02) de agosto de 2004, este Juzgado ordenó el CESE DE LA MEDIDA DE SERVICIOS COMUNITARIOS, debiendo seguir cumpliendo las sanciones de Libertad asistida e Imposición de Reglas de Conducta.
En fecha 06 de abril de 2005 fue recibido informe evolutivo del adolescente en el cual se evidenció que el joven dejó de cumplir la sanción el día 07 de diciembre de 2004 y se reincorporó a seguir con su cumplimiento el día el 30 de marzo de 2005.
Corresponde a este juzgado, practicar nuevo cómputo de los días en que el adolescente de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia el adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS
BRIEL, permanecerá cumpliendo la Medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, hasta el día PRIMERO (01) DE MAYO DE 2006 INCLUSIVE. Notifíquese a las partes. Líbrese boleta de notificación. Ofíciese al centro que realiza el seguimiento de las medidas en libertad. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,


DRA. MARÍA TERESA SÁNCHEZ ORELL


EL SECRETARIO,



En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.



EL SECRETARIO,



Exp: N° 1E269-03
MTSO/MTSO.