REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-001715
ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: DR. CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES
FISCAL 7° DEL M.P : JESUS GUTIERREZ
SECRETARIO: ABG. YAMILET GONZALEZ
IMPUTADO (S): CATALINO DELCILNES
DEFENSOR (A): DR. MIGUEL FERRER H
En el día de hoy 02 de Junio de 2005, siendo las 2:55 horas de la tarde, fecha y hora fijada para dar inicio a la Audiencia Oral Para Oir a las Partes solicitada por el ciudadano Fiscal 7°° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda Abg. JESUS GUTIERREZ. De seguidas el Ciudadana Juez dió inicio al acto, quien solicito a la secretaria que verificara la presencia de las partes, informándole la misma que se encuentran presentes la Fiscal del Ministerio Público, la Dr. JESUS GUTIERREZ, el imputado el ciudadano CATALINNO DELCINES debidamente asistido por la defensora pública la Dr. MIGUEL FERRER. Verificada la presencia de las partes la ciudadana juez declaró abierto el acto y procedió a informar el objeto de la presente audiencia, Acto seguido se le concede la palabra al ciudadana Fiscal quien hizo una exposición breve de los fundamentos de su solicitud, manifestando: Precalifico los hechos HURTO SIMPLE de conformidad con el artículo 451 del Código penal. Solicito se decrete el procedimiento ordinario y solicito las Medidas cautelares sustitutivas de libertad de conformidad con el artículo 256 ordinales 3°, 5° Y 8° del Código Orgánico procesal Penal. Es todo. Siendo así la ciudadana Juez le impuso el precepto constitucional al ciudadano imputado así como de las alternativas a la prosecución del proceso y éste se identificó como CATALINO DELCINES,, titular de la cédula de identidad N 5.902.515, de 50 años de edad, estado civil: soltero, de oficio: AGRICULTOR , residenciado en: Santa Teresa del Tuy, Urbanización Cacique Tiuna, casa N° 24., quien manifestó lo siguiente: me estan levanto una injusticia conmigo pregunte por unas laminas de aceroli, en ese momento un señor que me pidió el favor que le cargara una bolsa con unas cajas y la ferretería el señor me quito la caja yo me estoy llevando nada llamen a la policía yo no tenia nada vino la policía y me detuvieron y me trajeron aquí me querían agredir. Es todo. Posteriormente se le concedió la palabra la ciudadano Defensor MIGUEL FERRER, quien solicitó: Solicitó se decrete el Procedimiento Ordinario, se decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinales 3°, 5° del Código orgánico procesal Penal.. Es todo. Oídas como han sido las partes este Tribunal Primero de Control y cumplidas las formalidades de ley este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley: Primero: Se acuerda la solicitud del Fiscal del Ministerio público y de la defensa de proseguir la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de que se requiere la practica de otras diligencia en la investigación. Segundo: Se decreta la Medida Cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° y 5° del Código orgánico Procesal Penal. Presentación cada quince (15) días por un lapso de seis (06) meses y prohibición de acercarse al lugar donde ocurrieron los hechos. TERCERO: Se acuerda librar excarcelación y remitir las actuaciones a la fiscalía actuante. Se declara cerrada la audiencia siendo 3:12 p.m. horas de la tarde . Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Primero de Control
DR. CARLOS E. BOLIVAR
La Fiscal 7° del Ministerio Público DR. JESUS GUTIERREZ
La Defensa Público
DR. MIGUEL FERRER
El Imputado
CATALINO DELCINES
El Secretario
ABG. YAMILET GONZALEZ