REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

FISCAL 9°
ASUNTO : MP21-P-2005-000875
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL
JUEZ TERCERO DE CONTROL: DR. CARLOS BOLIVAR FUNES
FISCAL AUX 16° DEL M.P. DR. SAMUEL FERREIRA
SOLICITANTE (S) LA ROSA LAVAREZ VALENTIN
DEFENSOR PRIVADO ABG. MARIO QUIROZ BADELL
SECRETARIO: ABG. NACARIS MARRERO

En el día de hoy, 30 de Junio de 2005, siendo las 3:13 horas de la tarde., fecha y hora fijada por la Juez Primero de Control, para que tenga lugar la Audiencia Especial, atendiendo a lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. El Juez Dr. CARLOS E. BOLIVAR dio inicio a la misma requiriendo del Secretario la verificación de la presencia de las partes y le informo que se encuentran presentes, la Defensa Privada Dr. MARIO QUIROZ BADELL en representación de la solicitante LA ROSA LAVAREZ VALENTIN y el Fiscal Decimo Sexto Auxiliar del Ministerio Público DR. Samuel Ferreira. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Público quién expone: Ratifico en toda y cada una de sus partes el contenido del Oficio N° 15-F16-0977-05 de fecha 29-03-2005, mediante el cual declaro Improcedente la Entrega del bien con las siguientes características: MARCA: MACK, CLASE CAMIÓN, TIPO CHUTO, MODELO 1982, PLACA 095-XGY, COLOR AMARILLO, SERIAL DE CARROCERIA: 1M2P137COCA009644, SERIAL DE MOTOR: EM6285107798, chapa identificadora del serial de carrocería falsa, serial de seguridad ubicado en el chasis identificado en la expeticia arriba indicada, se encuentra falso . Asimismo presento las experticias a efectus videndi N° 9700-056-1300305 de fecha 15de marzo de 2005, practicadas por el Cuerpo de Investigaciones Penales Cientificas y Criminalisticas Delegación Estado Lara. Asimismo dejo a criterio de este Tribunal la Entrega o no del bien solicitado. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa privada Dr. MARIO QUIROZ BADELL quien expone: Solicito de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico procesal penal la Entrega del bien en calidad de Deposito. Es todo. Oída la exposición de las partes, revisadas las actuaciones que conforman este asunto penal, este Tribunal Primero de Control pasa a dictar el siguiente pronunciamiento: Se acuerda la Entrega del Vehículo: MARCA: MACK, CLASE CAMIÓN, TIPO CHUTO, MODELO 1982, PLACA 095-XGY, COLOR AMARILLO, SERIAL DE CARROCERIA: 1M2P137COCA009644, SERIAL DE MOTOR: EM6285107798, chapa identificadora del serial de carrocería falsa, serial de seguridad ubicado en el chasis identificado en la expeticia arriba indicada, se encuentra falso según la experticia in comento, en calidad de deposito, imponiéndole la expresa obligación al solicitante la obligación de presentarlo ante el Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público y ante este Tribunal Primero de Control las veces que sea requerido. Se acuerda Librar Oficio al Estacionamiento CONCORDIA con sede en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, a los fines se sirva hacer entrega del vehículo con las características antes señaladas a el ciudadano: LA ROSA LAVAREZ VALENTIN representado en este acto por el Dr. MARIO QUIROZ BADELL cédula de identidad N° 1.752.193 Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia de Origen. Quedan Notificados cada una de las partes de la presente decisión. Se declara cerrada la Audiencia Especial siendo las 3:30 horas de la tarde . Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. CARLOS BOLIVAR

FISCAL 16° DEL M.P DR. SAMUEL FERREIRA

DEFENSA PRIVADA DR. MARIO QUIROZ BADELL

El Solicitante
LA ROSA LAVAREZ VALENTIN

LA SECRETARIA
ABG. NACARIS MARRERO