REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 8 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2004-002348
ASUNTO : MP21-P-2004-002348
Visto el oficio emanado del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, donde señala lo siguiente:
“Visto el escrito presentado por el Fiscal Séptimo del Misterio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita se remita al Tribunal quinto de Control del este Circuito Judicial Penal extensión y sede la presenta causa seguida en contra del imputado ciudadano JESUS VELTRI, en tal sentido este Tribunal ordena librar oficio dirigido al tribunal antes mencionado, a los fines que se realice la respectiva acumulación en virtud del principio de la Unidad del Proceso, conforme a lo contenido en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal…”
Este Tribunal a los fines de decidir, previamente considera y observa:
En virtud del auto del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal mediante el cual acuerda la remisión del expediente N°. MP21-P-2003-001448 a este Juzgado a los fines de la acumulación con la presente causa de conformidad con el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que guardan relación con el ciudadano JESUS GABRIEL VELTRI RIOS, Titular de la Cédula de Identidad N°. 18.729.282, este Tribunal ACUERDA dicha acumulación por ser procedente y ajustado a derecho de conformidad con el ordinal 4° del artículo 70 en concordancia con el ordinal 1° del artículo 71 y el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de continuarlas en un solo proceso. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA:
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda-Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: ACUMULAR las causas N°. MP21-P-2003-001448 y MP21-P-2004-2348 a los fines de continuarlas en un solo proceso, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 70 en concordancia con el ordinal 1° del artículo 71 y el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena corregir la foliatura.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
Abg. SANDRA SATURNO