REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, ocho de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : MP21-P-2003-001040
Vista la solicitud presentada por el profesional del derecho Dr. VICTOR R. RODRIGUEZ R., actuando en su condición de Defensor Privado del acusado NICOMEDES MEZA mediante la cual solicitó sean extendidas las presentaciones impuestas a su defendido, actualmente presentándose cada ocho (8) dias por ante las Oficinas de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial
Para resolver lo planteado, este Tribunal observa:
PRIMERO: Que en fecha 05-10-03 el Tribunal Primero de Control de esta misma Extensión Judicial y Sede, le impuso a los acusados de autos, entre otras la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el ordinal 3° del artículo 265 vigente a la fecha, consistente en la presentación cada ocho (8) dias por ante las Oficinas del Alguacilazgo.
SEGUNDO: Se evidencia que el ciudadano NICOMEDES MEZA, ha venido cumpliendo con las presentaciones impuestas,
De lo anterior se deduce, que el acusado de autos se ha dado cumplimiento a las exigencias impuestas por el organismo jurisdiccional para garantizar su presencia a los actos fijados en el proceso, y por ello considera ajustada la solicitud planteada por su defensor privado y ACUERDA imponerle al acusado NICOMEDES MEZA identificado con la cédula de identidad número 2.589.659 el cumplimiento de la norma contenida en el artículo 256 ordinal 3°, esto es, la presentación cada treinta (30) dias por ante las Oficinas del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, e igualmente la obligación de comparecer a los actos a los cuales sea citado. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico procesal Penal. NOTIFIQUESE.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. Ogla Botto.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.
La Secretaria,
Abg. Ogla Botto.