REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, catorce (14) de marzo de dos mil cinco (2005).

194° y 146°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada MARILY YESCENIA SILVA DOS SANTOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.649, así como la Justificación promovida y evacuada en este Juzgado, en la cual rinden declaración las ciudadanas NORMA HERNANDEZ CRUZ y MARIA VICTORIA CADENAS PAREDES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.717.274 y V-5.072.196, respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos ELENA MERCEDES MORA de ALEMÁN, RAUL ALEMÁN MORA y MARÍA ELENA ALEMÁN MORA, venezolanos, mayores de edad, en la Sucesión del ciudadano RAUL ALEMÁN VILLAPOL, quien falleció en fecha 29 de enero de 2005, en su carácter de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO J ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

EXP. N° 40.816
HJAS/ICBC/bd*