REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y uno (21) de marzo de dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano WILMER RICARDO HERNANDEZ PADRON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.381.275, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en una parcela de terreno propiedad de los ciudadanos Pedro Ricardo Hernández y Miriam Padrón de Hernández, ubicado en el parcelamiento sub – urbano “Cortada del Guayabo”, en jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado LUIS SILVA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.212. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 40.814