REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y ocho (28) de marzo de dos mil cinco (2005).
194º y 146º
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por el ciudadano FERNANDO ALVAREZ TRABAZO, debidamente asistido de abogado, en donde consta la evacuación de testigos por el presentada ante el Juzgado del Municipio Zamora de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración los ciudadanos FLORENCIO PANTOJA BRACAMONTE y VIANCA CORAL RODRIGUEZ DE PETRIC, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 40.739. Así mismo, de una revisión de las mismas este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano FERNANDO ALVAREZ TRABAZO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.149.167, sobre unas bienhechurías, construidas sobre terreno propiedad del municipio Zamora, ubicada en la calle Las Margaritas, casa N° 22, sector el Barrio, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada SANDRA FIGUEROA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.123. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Corrijase foliatura
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 40.739