REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiocho (28) de marzo de dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos FRANCISCO MARTINEZ ALONSO y ROSA MARIA CORRO DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-605.094 y V-3.121.660 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno ubicado en la Urbanización Los Nuevos Teques, distinguida con la letra y número C-26 de la ruta 4, Municipio Guaicaipuro, Los Teques, Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio Vivian Pérez C, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.137. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/Tmr.-
EXP. N°. 05-40.839.-