REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiocho (28) de marzo de dos mil cinco (2005).

194° y 146°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada PILAR OCHOA CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 7.600, así como la Justificación promovida y evacuada en este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos RICHARD ALEXANDER INFANTE UTRIA y PEDRO ANTONIO MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.270.661 y V-1.753.862, respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos MARIA NATIVIDAD MONTILLA de MONTILLA, NELSO RAMÓN MONTILLA MONTILLA, LIBIA MONTILLA MONTILLA y ARTURO MONTILLA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.758.259, V-5.962.407, V-6.811.169 y V-6.811.162, respectivamente, en la Sucesión del ciudadano BONIFACIO MONTILLA CANELONES, quien falleció en fecha 08 de diciembre de 2004, en su carácter de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO J ANGRISANO SILVA



LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

EXP. N° 40.848
HJAS/ICBC/bd*