REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta y uno (31) de abril de dos mil cinco (2005).
194º y 146º

Vista la anterior solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y los recaudos que la acompañan, presentada por los ciudadanos HILDA JOSEFINA PACHECO DE CARABALLO y PABLO RAFAEL CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-3.813.087 y V-5.187209, respectivamente, asistidos por los abogadas en ejercicio MERCEDES BELISARIO y RUTH YAJAIRA MORANTE HERNANDEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 65.739 y 20.080, respectivamente; el Tribunal le da entrada en el Libro de Causas bajo el N° 24.946, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho y ordena la notificación de la FISCAL XI DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial, para que intervenga en el procedimiento como parte de buena fe, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de notificación y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud presentada para ser entregadas al Alguacil de este Tribunal.
EL JUEZ


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En esta misma fecha no se libró la boleta de notificación, faltan fotostatos.
LA SECRETARIA.



EXP. N° 24.946
HJAS/lci.