REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de marzo de dos mil cinco (2005).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse SÁNCHEZ SALAS YOSBELY DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.240.479, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si, la conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 2 años. SEGUNDO: Si conocí al ciudadano HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS. TERCERO: Si, también conozco a su esposa MARIA AURA VILLASMIL DE BONILLA y a sus hijos. CUARTO: Si se y me consta que el ciudadano HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS falleció el día 25 de octubre del 2004, a causa de un paro Cardo-Respiratorio, a la edad de 89 años. QUINTO: Si se y me consta que tanto su esposa e hijos, son los Únicos y Universales herederos del de cujus HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL
TESTIGO
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR
LA SECRETARIA ACC,
-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse DIAZ RIVAS DORIS MARIELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-14.480.525, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado por el Juez del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones contesto: PRIMERO: Si, la conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 2 años. SEGUNDO: Si conocí al ciudadano HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS. TERCERO: Si, también conozco a su esposa MARIA AURA VILLASMIL DE BONILLA y a sus hijos. CUARTO: Si se y me consta que el ciudadano HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS falleció el día 25 de octubre del 2004, a causa de un paro Cardo-Respiratorio, a la edad de 89 años. QUINTO: Si se y me consta que tanto su esposa e hijos, son los Únicos y Universales herederos del de cujus HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza
Solicitud N° 2055
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de marzo de dos mil cinco (2005)-.
194º y 145º
---Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los Ciudadanos: MARIA AURORA VILLASMIL DE BONILLA, y a sus hijos: FREDDY ORLANDO BONILLA GONZALEZ, EDGAR EDUARDO BONILLA GONZALEZ, FANNY BEATRIZ BONILLA VILLASMIL, NELSON OMAR BONILLA VILLASMIL, MANUEL ISIDRO BONILLA VILLASMIL, WHITMAN BONILLA VILLASMIL, YAJAIRA JOSEFINA BONILLA DE GUILLÉN, GEORGINA GRACIELA BONILLA VILLASMIL y JORGE LUIS BONILLA VILLASMIL, todos mayores de edad, titulares de las Cédula de identidad N° V-158.828, V-3.253.767, V-3.551.556, V-3.799.771, V-4.172.855, V-4.276.112, V-4.582.457, V-5.216.832, V-5.538.036, V-5.536.732, respectivamente, en su condición de causahabiente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano: HIPÓLITO ANTONIO BONILLA CARDENAS, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.949. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la Abogada ANA MOSQUERA ARBOLEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.027. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DR. MARIELA J. FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,
MF/yza
Solicitud Nº 2055