JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, catorce de marzo de dos mil cinco.-
194º y 146º
Recibido por distribución, constante de un (02) folios útiles, junto con anexos, constantes de seis (06) folios útiles Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Y visto el escrito presentado por MARIA DEL ROSARIO REINA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.131.982, domiciliada en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, y civilmente hábil, debidamente asistido por el abogado, EFRAIN JOSE RODRIGUEZ GOMEZ inscrita en el “Inpreabogado”, bajo el N° 28.204, en el cual expone, que es la única y universal heredera de los bienes dejados por el causante JOSE ALFONSO REINA DELGADO, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-159.778, fallecido en Cordero el 28 de noviembre de 2004, tal como consta del Acta de Defunción N° 165, expedida por la Prefectura Civil de la Parroquia Pedro María Morantes; anexo al cual Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, de fecha 15 de febrero de 2005. En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a MARIA DEL ROSARIO REINA FERNANDEZ, ya identificada, en su condición de legítima hija, el carácter DE UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL FALLECIDO JOSE ALFONSO REINA DELGADO.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, SE DEJA A SALVO TODO DERECHO DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-
LA JUEZ,
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
LA SECRETARIA,
IRALÍ JOCELYN URRIBARRÍ DÍAZ
nancy
Solicitud N° 6677
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