GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, QUINCE DE MARZO DE DOS MIL CINCO.

194º y 145º

Vista el escrito suscrito por los ciudadanos JUAN CARLOS GIRALDO DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.928.259, parte demandante, asistido por el abogado JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.176, FRANCIA ESTRELLA MERCHAN, titular de la cédula de identidad Nº 5.324.335, en su carácter de heredera del demandado MERCHAN NORBERTO, debidamente asistida por la abogado LUISA HERMINIA SIFONTES DE LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.319 y BELINDA YAROSLAVY MERCHA MERCHAN, titular de la cédula de identidad Nº 11.023.099 en su carácter de heredera del demandado MERCHAN NORBERTO, representada por la abogado LUISA HERMINIA SIFONTES DE LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.319, según poder autenticado bajo el Nº 03, Tomo 33, Folios 07-08 de fecha 17 de febrero 2005, el cual consignó junto con el presente escrito en original para su vista y devolución anexando copia fotostática marcada “A”, contentivo de la transacción en la que informan que las ciudadanas ESTRELLA MERCHAN, ya identificada y la abogado LUISA HERMINIA SIFONTES DE LEON, actuando en representación de BELINDA YAROSLAVY MERCHA MERCHAN, hacen formal entrega del inmueble consistente en un local comercial ubicado en la carrera 9 Nº 3-61, Frente a la Plaza Bolívar de San Antonio, Estado Táchira, que ocupan con el carácter acreditado en autos al ciudadano JUAN CARLOS GIRALDO DIAZ, en su carácter de demandante y propietario del local comercial antes descrito y quien aceptó la entrega del inmueble y manifestó la conformidad con las condiciones del inmueble y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Asimismo se levanta la medida de Secuestro sobre el inmueble arrendado decretada por este Tribunal en fecha 17 de Diciembre 2004 y Ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Independencia, Libertad y Pedro Maria Ureña de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día 27 de Enero del 2005, ofíciese lo conducente a la Depositaria Judicial designada por el Tribunal Ejecutor de Medidas, a los fines de la entrega del inmueble. Se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente.


REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ


IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

En la misma fecha se ofició a la ciudadana LEDY ESPERANZA QUINTERO GARCIA, delegada de la Depositaria Judicial LA SEGURIDAD, bajo el Nº 0860-314.



IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA


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