JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veintinueve de marzo de dos mil cinco.-
194º Y 146º
Recibida previa distribución, constante de dos (02) folios útiles. Y visto el escrito presentado por el ciudadana ALIX DOLORES PERNIA DE VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.143.164, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, debidamente asistida por la abogado en ejercicio, SOLAGNE TRINIDAD CARDOZO VELASCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.108, en su condición de cónyuge del fallecido JOSE APOLONIO VELASCO, en el que expone que el día l9 de junio de 2004, falleció Ab-Intestato en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, el ciudadano JOSE APOLONIO VELASCO, quien era venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.528.354, esposo y padre de sus hijos de nombres: BERTHA SABINA, ALIX DEL CARMEN, FRANKLIN DESIDERIO, JOSE ALEXIS, LUIS ANTONIO, ANA TERESA DE JESUS, JACINTO, WILMER JESUS y JONATHAN ALEJANDRO VELASCO PERNIA, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.166.786, V-12.634.687, V-13.146.821, V-9.242.203, V-9.242.204, V-13.549.647, V-10.150.800, V-15.232.407 y V-15.501.429, respectivamente. Anexo al cual Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 19 de enero de 2005; copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los hijos, junto con copias fotostáticas de sus Cédulas de Identidad; copia fotostática del Certificado de Sucesiones, el cual presentó original para su certificación y devolución; copia de la Cédula de Identidad del causante JOSE APOLONIO VELASCO; Copia fotostática de la Cédula de Identidad de ALIX DOLORES DEL CARMEN PERNIA DE VELASCO; constante todo de (25) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos: ALIX DOLORES PERNIA DE VELASCO, en su condición de cónyuge y a BERTHA SABINA, ALIX DEL CARMEN, FRANKLIN DESIDERIO, JOSE ALEXIS, LUIS ANTONIO, ANA TERESA DE JESUS, JACINTO, WILMER JESUS y JONATHAN ALEJANDRO VELASCO PERNIA, en su condición de hijos, ya identificados, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JOSE APOLONIO VELASCO.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-
LA JUEZ TEMP0RAL,
DIANA BEATRIZ CARRERO
LA SECRETARIA,
IRALI JOCELYN URRIBARI DIAZ
nancy
SOLICITUD N° 6684-05
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