TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, Veinte y nueve (29) de marzo de 2005.
194º y 145º
Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial con motivo de la clasificación de las causas en el estado en que se encuentran y en virtud de la Resolución N° 2004-0008, Literal E, artículo 4° de fecha 18/08/2004 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia que suprimió los Juzgados de Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a su vez creo los Tribunales de Primera Instancia y Superiores para el Régimen Procesal Transitorio de Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en consecuencia la Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, YALENA MORA, se avoca al conocimiento de la presente causa. En este sentido visto y estudiado detenidamente las actas procesales que conforman el presente expediente, observa este Tribunal que el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
Artículo 201 LOPT... “Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, ésta última deberá declarar la perención.
Artículo 267 LOPT... “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio desde 26 de Noviembre de 2003, no se ha dado impulso procesal al mismo, y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los Artículos antes señalados,
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