REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, Estado Táchira martes 22 de marzo de 2005, siendo las 9:25 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tòrbes, Cárdenas, Guàsimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Ángel Salas Fenech, titular de la cédula de identidad Nº V-13.945.742 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97484, apoderado judicial de la parte actora ciudadano Wilhem Alferi Casanova Cacique, en el inmueble ubicado en la Urbanización Mérida, donde funciona la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, Despacho del Sindico Procurador de la Alcaldía, a fin de llevar a efecto la decisión dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, en el AMPARO CAUTELAR Y RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por el ciudadano Wilhem Casanova Cacique contra la Alcaldía de San Cristóbal, expediente Nº 5466-05. Se encuentra presente la ciudadana Marilù Ruiz de Jaimes, titular de la cédula de identidad Nº V-10.155.798, secretaria del Despacho del Sindico Procurador quien fue notificada de la misión y objeto del Tribunal y quien de seguida informa que el Dr. Franklin Pineda, Sindico Procurador, está de vacaciones y el Sindico Suplente no se encuentra en este momento en las instalaciones de la Alcaldía. Seguidamente el abogado Ángel Salazar Fenech solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Por cuanto el Sindico Procurador suplente no se encuentra pido muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda a dejar copia fotostática de la decisión dictada por el Tribunal Superior Civil y Contencioso Administrativo donde suspende los efectos del acto administrativo Nº REA-D1-01, emanado de la dirección de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y dar cumplimiento a la notificación decretada por dicho Tribunal. Seguidamente el ciudadano Juez procede a entregar a la secretaria del Sindico Procurador, ciudadana Marilù Ruiz de Jaimes, copia fotostática certificada de la comisión Nº 4013, que reposa en este Tribunal a los fines de que sea entregada al Sindico Procurador. Seguidamente el abogado actor Ángel Salazar Fenech, solicita al ciudadano Juez proceda a trasladarse a la Dirección de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura del Municipio San Cristóbal. En este estado el ciudadano Juez acuerda el traslado a dicha Dirección. No siendo más, se da por terminado el acto siendo las 9:55 de la mañana, terminó, se leyó y conformes firman. DR FELIX ANTONIO MATOS. Juez Temporal. (Fdo.) LUGAR DEL SELLO. MARILU RUIS DE JAIMES. Secretaria Notificada. (Fdo.) ABG. ANGEL SALASAR FENECH. Apoderado Actor. (Fdo.) CABO II JHON A. REBOLLEDO. Funcionario DIRSOP. (Fdo.) ABG. CARMEN B MORENO PEREZ. Secretaria. (Fdo.). Seguidamente este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tòrbes, Cárdenas, Guàsimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Ángel Salas Fenech, apoderado actor en el despacho del Alcalde del Municipio San Cristóbal a fin de continuar con la notificación de la suspensión del Acto Administrativo, dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo, se encuentra presente la abogado Sonia Medina, titular de la cédula de identidad Nº V-10.173.390, secretaria del Despacho del Alcalde quien fue notificada de la misión y objeto del Tribunal. En este estado el abogado Ángel Salazar, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda a notificar de la suspensión del Acto Administrativo Nº REA-D1-01, dictado por la Dirección de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura de la Alcaldía, suspensión decretada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo Región Los Andes, por lo que solicito sea acatada inmediatamente por este Despacho. Seguidamente el ciudadano Juez pasa a notificar a la ciudadana Sonia Medina, Secretaria de Despacho de la suspensión del Acto Administrativo Nº REA-D1-01, decretado por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo Región Los Andes, dejando en este acto copia fotostática de la comisión 4013y de la decisión. Seguidamente la abogado Sonia Medina manifiesta recibir conforme las copias fotostáticas certificadas, es todo. En este estado el abogado actor solicita el traslado inmediato del Tribunal y se da por terminado el acto siendo las 10:40 de la mañana. Terminó y conformes firman. DR FELIX ANTONIO MATOS. Juez Temporal. (Fdo.) LUGAR DEL SELLO. ABG. SONIA MEDINA. Notificada. (Fdo.) ABG. ANGEL SALASAR FENECH. Apoderado Actor. (Fdo.) CABO II JHON A. REBOLLEDO. Funcionario DIRSOP. (Fdo.) ABG. CARMEN B MORENO PEREZ. Secretaria. (Fdo.). Encontrándose constituido este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tòrbes, Cárdenas, Guàsimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Ángel Salas Fenech, apoderado actor. Se encuentra presente el ciudadano Antonio José Roa Márquez, titular de la cédula de identidad Nº V-3.622.548, Director de la Dirección de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura de la Alcaldía de San Cristóbal, quien fue notificado de la presencia del Tribunal y de su objeto. En este estado el Abogado Ángel Salazar Fenech con el carácter acreditado en autos, solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Solicito que en ese acto el ciudadano Juez proceda a notificar al Director de la decisión emanada Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo, donde suspende temporalmente de manera cautelar el Acto Administrativo Nº REA-D1-01, emanado de esta Dirección de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura, debiendo dictar de manera inmediata todas las consideraciones necesarias para dar cumplimiento a dicha decisión. Seguidamente el ciudadano Juez procede a notificar al Director de Desarrollo Urbanístico e Infraestructura de la decisión emanada del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo, Región Los Andes, donde suspende el Acto Administrativo Nº REA-D1-01, dictado por este Despacho. Se le entrega en este acto copias fotostática certificada de la comisión 4013 y de la decisión. Seguidamente el ciudadano Antonio José Roa Márquez expone: Aceptamos la decisión del ciudadano Juez ordenando al Departamento de Ingeniería que se suspenda la ejecución del Acto Administrativo Nº REA-D1-01, todo de manera inmediata y recibiendo conforme las copias fotostáticas. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto. Seguidamente el abogado actor solicito que se me designe como correo especial para la entrega de la comisión en el Tribunal comitente, es todo. Seguidamente el ciudadano Juez expone: Que por auto separado resolverá lo conducente, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11: 10 de la mañana. DR FELIX ANTONIO MATOS. Juez Temporal. (Fdo.) LUGAR DEL SELLO. ANTONIO JOSE ROA MARQUEZ. Notificado. (Fdo.) ABG. ANGEL SALASAR FENECH. Apoderado Actor. (Fdo.) CABO II JHON A. REBOLLEDO. Funcionario DIRSOP. (Fdo.) ABG. CARMEN B MORENO PEREZ. Secretaria. (Fdo.).
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