REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

194º Y 145º

San Cristóbal, 28 de marzo de 2005,


Vista la causa numero 5C-4183-02, llevada por este Tribunal, en la que aparece como imputado el ciudadano OSWALDO CARRILLO BERNAL, plenamente identificado en autos, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS tipificado en el articulo 36 de la Ley Orgánica sobre sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas
El Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 16 de diciembre del 2002 se celebro Audiencia de Calificación de Flagrancia ante este Tribunal, otorgándole al ciudadano OSWALDO CARRILLO BERNAL, medida cautelar sustitutiva de las establecidas en los artículos 256 y 259 del Código Orgánico Procesal Penal, 1- presentaciones cada 08 días ante e Tribunal y 2- prohibición de salida de la jurisdicción sin autorización del Tribunal.
SEGUNDO: En fecha 03 de junio del 2003, la Fiscaliza Undécima presenta Acto conclusivo en la causa, solicitando el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano OSWALDO CARRILLO BERNAL, por cuanto en las investigaciones realizadas y el examen psiquiátrico que se le practico dan como conclusión que es un consumidor de estas sustancias, igualmente solicita se le imponga al imputado unas medida de seguridad.
TERCERO: El Tribunal acuerda la celebración de la Audiencia Preliminar para el día 02 de julio del 2003 a las 10:30 de la mañana, la cual fue diferida por la incomparecencia de las partes, difiriéndose la audiencia para el día 29 de julio del 2003 a las 11:00 de la mañana.
CUARTO: En fecha 29 de julio del 2003, siendo el día y la hora para la celebración de la Audiencia, el Tribunal deja constancia, de la incomparecencia del imputado y que en la boleta de notificación de este se diligencio que este no pudo ser localizado y vecinos del sector no lo conocen, , el Juez ordeno oficiar a la oficina de alguacilazgo para que informen si el imputado ha cumplido con el régimen de presentaciones.
QUINTO: En fecha 04 de agosto del 2003, se libro oficio numero 1128 a la oficina de alguacilazgo, con el fin de que informen sobre las presentaciones del imputado OSWALDO CARRILLO BERNAL, en la causa 5C-4183-02.









SEXTO: En fecha 07 de agosto del 2003 se recibió oficio de la oficina de alguacilazgo, en la cual informan que el imputado OSWALDO CARRILLO BERNAL se ha presentado en las siguientes fechas: 30-09-02, 19-12-02, 06-01-03, 24-01-03, 05-02-03, 12-02-03, 18-03-03, 26-03-03, 14-04-03, 06-06-03- 10-06-03, 17-06-03 y 27-06-03.
SEPTIMO: En fecha 05 de septiembre del 2003 el Tribunal fija Audiencia para el día 23 de septiembre del 2003 a las 10:00 de la mañana.
OCTAVO: Siendo el día y la hora para la celebración de la audiencia, el Tribunal deja constancia que no ha comparecido el imputado de autos, por lo que ordena oficiar as la oficina de alguacilazgo para que informen sobre las presentaciones del mismo.
NOVENO: En fecha 29 de septiembre del 2003, se recibió oficio numero 1151 de la oficina de alguacilazgo en la cual informan que el imputado OSWALDO CARRILLO BERNAL, no se ha vuelto a presentar por lo que ha sido imposible entregar la boleta de notificación para la audiencia.

Por lo anteriormente expuesto:
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, DECIDE: Se decreta la privación de libertad del ciudadano OSWALDO CARRILLO BERNAL, plenamente identificado en autos, por haber incumplido de manera injustificada con las presentaciones que le impuso el Tribunal en fecha 16 de diciembre del 2002, con base a lo establecido en el articulo del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese las correspondientes órdenes de aprehensión.






ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL






ABG. DANIELLA SANCHEZ
LA SECRETARIA




5C-4183-02