REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 31 de marzo de 2005
194º y 146º
CAUSA N° 3E2927-04
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADOLOZANO.-
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ.-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADO: GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua,.-
DEFENSA: AURIMARY ROJAS MEJIAS DEFENSORA PRIVADA.-
FISCAL: ABG. ANGEL RAFAEL BASTARDO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.-
VICTIMA: WILLLIAMS ENRIQUE DELGADO PEROZA
DELITO: RAPTO
Visto escrito presentado por la ciudadana AURIMARY ROJAS MEJIAS, en su carácter de defensora privada del ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, en donde solicita ante este Juzgado le sea expedida de copia Simple de la Decisión proferida por este Tribunal, en fecha 25-02-2005 y mediante el cual esta Instancia, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LIBERTAD CONDICIONAL, a su representado.-
Este Tribunal para decidir, observa:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones relacionado con el ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, y siendo como es que la solicitante Abg. Aurimary Rojas Mejías actúa en este acto en representación de su representado, considera esta Instancia que lo procedente y ajustado a derecho ordenar la expedición de las copias Simples todo de conformidad con lo establecido con el articulo 111 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara CON LUGAR la solicitud de copias Simple formulado por la Profesional del derecho Abg. AURIMARY ROJAS MEJIAS, en su carácter de defensora privada del ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, todo de conformidad a lo establecido en el articulo del Código de Procedimiento Civil, lo cual guarda relación con su defendido.-
EL JUEZ,
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
Regístrese, Publíquese, déjese Copia. CUMPLASE.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
JGHL/MSJ
Causa No. 3E-2927-04
Los Teques, 31 de marzo de 2005
194º y 146º
CAUSA N° 3E2927-04
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADOLOZANO.-
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ.-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADO: GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua,.-
DEFENSA: AURIMARY ROJAS MEJIAS DEFENSORA PRIVADA.-
FISCAL: ABG. ANGEL RAFAEL BASTARDO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.-
VICTIMA: WILLLIAMS ENRIQUE DELGADO PEROZA
DELITO: RAPTO
Visto escrito presentado por la ciudadana AURIMARY ROJAS MEJIAS, en su carácter de defensora privada del ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, en donde solicita ante este Juzgado le sea expedida de copia Simple de la Decisión proferida por este Tribunal, en fecha 25-02-2005 y mediante el cual esta Instancia, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LIBERTAD CONDICIONAL, a su representado.-
Este Tribunal para decidir, observa:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones relacionado con el ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, y siendo como es que la solicitante Abg. Aurimary Rojas Mejías actúa en este acto en representación de su representado, considera esta Instancia que lo procedente y ajustado a derecho ordenar la expedición de las copias Simples todo de conformidad con lo establecido con el articulo 111 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara CON LUGAR la solicitud de copias Simple formulado por la Profesional del derecho Abg. AURIMARY ROJAS MEJIAS, en su carácter de defensora privada del ciudadano GUSTAVO RAMON PERDOMO HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 11.087.993, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 27-10-1966, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Felicia Fernández y Luis Perdomo Hernández, Ultima Residencia Barrio Vallecito, Calle Rómulo Gallego, Sector 24 de Julio, casa Numero 20, Maracay, Estado Aragua, penado en la presente causa signada con El Nro. 3E2927-04, nomenclatura de este Tribunal, todo de conformidad a lo establecido en el articulo del Código de Procedimiento Civil, lo cual guarda relación con su defendido.-
EL JUEZ,
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
Regístrese, Publíquese, déjese Copia. CUMPLASE.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
JGHL/MSJ
Causa No. 3E-2927-04