REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 04 de marzo de 2.005
194° y 146°
CAUSA No. 3E-1845/00
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO, Juez Tercero de Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del estado Miranda con sede en Los Teques
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ, Secretario adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques
PENADO: OLIVARES MARRERO MERCEDES GERALDO, titular de la Cedula de Identidad Nro. 10.887.264.-
VICTIMA: BRARVO CANDELARIO RAFAEL
Al respecto este Tribunal de Ejecución previamente hace las siguientes observaciones: De las actas que conforman el presente expediente riela inserta al folio 234 consta auto de data 17-06-2004 mediante el cual la Jueza Temporal Dra. Aura Elena Guzmán Díaz deja constancia del hallazgo de dos piezas en una de las gavetas de los archivos en donde reposaba los expedientes llevados por esa Instancia de las cuales una de dichas causas, pertenecía a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, distinguida con el Nro. 3E1845/00, relacionada con el ciudadano OLIVARES MARRERO MERCEDES GERALDO, titular de la Cedula de Identidad Nro. 10.887.264, quien después de revisar y contactar el origen de dicha causan acuerda mediante auto su remisión a su Tribunal de origen, asimismo consta oficio signada bajo el Nro1065-04 de fecha 17 de junio del mismo año mediante el cual se acordó su remisión a este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, evidenciándose que en fecha 18 de junio del año dos mil cuatro (2004) fue recibida y diarizada por el Tribunal Tercero de Ejecución, en donde se encontraba como Juez para el momento la profesional del Derecho Abg. YANETT RODRIGUEZ CARVALHO. Asimismo se observa que en fecha 16-04-1996, el Extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mirada, con Sede en la Ciudad de Los Teques se observa además que no habiendo pronunciamiento alguno en la prenombrada causa y toda vez que solo existe la primera pieza en donde se evidencia que hubo una sentencia definitiva firme de igual modo se evidencia que inserto al folio doscientos veinticuatro (224), auto de comparecencia de fecha 20-10-1998, mediante el cual la ciudadana MARISOL SOL KOSMALSKI B., en su carácter de Fiscal del Ministerio Publico consigna ante este Juzgado, hoja de audiencia y dos (2) hojas en fotocopias simple del la boleta de encarcelación y oficio, signado bajo el Nro. 246-97, emanada del IAPEM, y suscrita por la ciudadana LILIANA DELPIAN, en su condición de consultor jurídico del Centro Penitenciario Metropolitano Yare I, y por cuanto en el inventario de causa recibidas en fecha 29-11-04, solo se nos hizo la entrega de la primera pieza, evidenciándose la falta de segunda piezas y avocado como me encuentro en la presente causa en donde aparece como penado el ciudadano OLIVARES MARRERO MERCEDES GERALDO, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-10.887.264. Y visto que se hace imposible dictaminar con precisión si el prenombrado ciudadano permanece aún detenido o si fue puesto en libertad ya que no consta boleta de excarcelación alguna, considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es oficiar al Director del Centro Penitenciario Metropolitano Yare I, a los fines de que se sirva remitir toda la información relativa al citado penado para emitir el pronunciamiento a que haya lugar en cuanto a la naturaleza del caso. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, UNICO: Acuerda oficiar al Director del Centro Penitenciario Metropolitano Yare I, a objeto de recabar toda la información relacionada con la causa signada con el Nro 3E1845-00 nomenclatura de este Juzgado donde aparece como penado OLIVARES MARRERO MERCEDES GERALDO, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-10.887.264, a los fines de adelantar este órgano jurisdiccional respecto del acopio de lo necesario, para poder emitir el pronunciamiento a que haya lugar en la presente causa. Lìbrese lo conducente. Regístrese, Publíquese, Diaricese. Cúmplase.
EL JUEZ
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
EL SECRETARIO
EDUARDO SANCHEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
EDUARDO SANCHEZ
Causa N° 3E-1845-00
AEGD/CC/msj.-