REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO


Guarenas, 23 de Marzo del 2005

AUTO DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD

CAUSA N°: 2C-00411-05

JUEZ: DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ P.

FISCAL: DR. ZAIR MUNDARAI, FISCAL AUXILIAR VIII DEL MINISTERIO PÚBLICO.

DEFENSORA DRA. MERVI DELGADO
PUBLICA

SECRETARIA: ABG. KARLA SANTIN
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD

CORRESPECTIVA
IMPUTADOS: PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ PIÑATE,
CESAR NAZARET PIÑA Y JHONNY RAFAEL
NIEVES PIÑATE

El día VEINTITRES (23) de Marzo del año 2005, tuvo lugar la celebración de La Audiencia de Presentación de los ciudadanos, PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ PIÑATE, CESAR NAZARET PIÑA Y JHONNY RAFAEL NIEVES PIÑATE, venezolanos, quienes fue presentados por parte del ciudadano Fiscal Octavo del Ministerio Público. Dr. ZAIR MUNDARAI, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien después de presentar en forma oral, las circunstancias de modo, tiempo y lugar, de los hechos, solicitó la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y calificó los hechos imputados dentro del tipo penal, del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, Y AGAVILLAMIENTO previstos y sancionados en los Artículos 406, ordinal 1°, en relación con el artículo 424 y 286 del Código Penal, contra, en perjuicio del ciudadano; JHONNY JOSE JASPE. Una vez expuestas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en que fue cometido el hecho punible imputado y de los elementos de convicción y desarrollada la Audiencia con base en los Principios de igualdad entre las partes, oralidad, inmediación y contradicción. De conformidad con lo pautado en los Artículos 44.1, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en los Artículos 250, 251, 252 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, A LOS CIUDADANOS, PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ PIÑATE, CESAR NAZARET PIÑA Y JHONNY RAFAEL NIEVES PIÑATE, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 406 ordinal 1°, en relación con el artículo 424 todos del Código Penal, en perjuicio de la víctima ya identificado, La tipicidad de este delito, la encontramos en los Artículos siguientes:

Artículo 406 ordinal 1°.- “En los casos que se enumeran a continuación se aplicarán las siguientes penas:
1° Quince años a veinte años de prisión a quien cometa el homicidio por medio de veneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en en el Titulo VII de este libro, con alevosía o por motivos fútiles o innobles, o en el curso de la ejecución de los delitos previstos en los artículos 451, 452, 453, 455, 458 y 460 de éste Código”
Artículo 424 “Cuando en la perpetración de la muerte o las lesiones han tomado parte varias personas y no pudiere descubrirse quien las causó, se castigará a todos con las penas respectivamente correspondientes al delito cometido, disminuidas de una tercera parte a la mitad”
Primero: Con la Trascripción De Novedad, de fecha 22 de Marzo del 2005, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Estadal (A) Higuerote, en la cual entre otras cosas se dejó constancia: “… 08:25 horas de la mañana PRESENTACION DE CIUDADANA: “A esta misma hora se presenta la ciudadana JASPE ARELIS DEL CARMEN, venezolana, natural de Caracas, de 29 años de edad, residenciada en el sector Vista Hermosa… informando que siendo las 04:30 horas de la madrugada del día de hoy en momentos que su hermano de nombre YONY JOSE JASPE de 22 años de edad, venía saliendo de la Tasca denominada TasCarimba ubicada en Curiepe… sujetos que integra la banda de Jhony de Curiepe, efectuaron disparos resultando su hermano herido siendo éste trasladado al Hospital de Higuerote, donde posteriormente fue referido al Hospital de Guatire, donde falleció…”
Segundo: Del Acta de Entrevista realizado a la ciudadana: JASPE ARELIS DEL CARMEN; “Hoy como a las cuatro y quince minutos de la mañana, en mi casa en la dirección antes mencionada recibí una llamada telefónica, de parte de mi sobrina de nombre CRISAIDA MATOS, de 17 años de edad, … la misma manifestó que a mi hermano YONY JOSE JASPE… lo habían herido en el estomago, en momento que se encontraba saliendo de la Tasca PEDRITO en Curiepe, y que lo habían llevado para el Hospital de Higuerote, es cuando me dirigí al Hospital y al llegar ya se lo habían llevado para el Hospital de Guatire, posteriormente recibí una llamada telefónica donde me informaron que había muerto, luego me dirigí a Curiepe, a casa de mi madre es allí donde me informaron cuando él se encontraba en La Tasca, unos azotes del sector era Jhony y su banda y como no los dejaron entrar, estos sujetos comenzaron a realizar disparos de la parte de donde ellos viven en la parte alta, y es cuando al momento de salir mi hermano de la Tasca resultó herido…estaba con sus amigos de nombres EDAGARDO, que es militar DENIS, BELIMAR y otros, era un muchacho sano…”
Tercero; Del Acta de Investigación penal, suscrita por el funcionario FRANCISCO BLANCO, adscrito al CICPC, donde deja constancia de haber sostenido entrevista con los ciudadanos; JASPE ARELIS DEL CARMEN, URBINA URBINA DENNYS LORENZO, EDGARDO JOSE MILANO CASTELLANO Y VELIZ ORTEGA ARTURO JOSE, quienes manifestaron que se encontraban en una fiesta en compañía del ahora occiso, que se llevaba a cabo en La Tasca Rimba, mejor conocida como la Tasca de Pedrito de Curiepe, y en el momento que decidían marcharse del lugar, varios sujetos conocidos como CARLOS PIÑATE, apodado Carlito, CESAR PIÑA, JULIO NIEVES apodado JULITO, JHNONNY PIÑATE Y CARLOS RODRIGUEZ PIÑATE, quienes residen en el sector Tres de Mayo de dicha población y son considerados unos azotes, todos portando armas de fuego. Iniciaron un tiroteo contra las personas que se encontraban en la referida Tasca… resultando herido la víctima… procediendo a la detención de los ciudadanos señalados como los autores del hecho…”
Cuarto; De La Inspección N° 342, de fecha veintidós de Marzo del año 2005, realizada en La TASCARIMBA, , en la cual se de ja constancia “El lugar a inspeccionar resulta ser un sitio de suceso abierto… posee como vía de acceso y protección una reja metálica…hacia la parte frontal de dicha Tasca en sentido Oeste, se ubica un Parque recreativo… localizándose sobre la superficie del asfalto de la calle Guaicamaparo, a una distancia de 30 metros con relación a dicha Tasca, dos conchas de balas percutidas, calibre 9 mm…. las cuales fueron colectadas como evidencias de interés Criminalísticas…”
Quinto; De la declaración del ciudadano; URBINA URBINA DENNYS LORENZO, quien manifestó “… Yo estaba en la Tasca Pedrito, donde había una fiesta, era como las tres de la madrugada, de repente un tipo se paró más arriba de la Tasca como a veinte metros, comenzó a hacer disparos frente a la tasca una de las balas le dio a mi amigo JHONNY JASPE y lo hirió en el abdomen, cayó al suelo ahí mismo lo cargamos y lo llevamos para el Hospital de Higuerote, de donde fue trasladado en una ambulancia para el Hospital General de Guatire… luego me enteré que Jhonny murió … eso fue en Curiepe, donde está La Tasca de Pedrito… como a las tres de la madrugada… el autor de los disparos estaba acompañado de cuatro chamos… el autor del disparo es un tipo bachaquito, delgado, no muy alto, pelo amarillento… era una pistola negra…”
Sexto; Del Acta de entrevista realizada al ciudadano MILANO CASTELLANOS EDGARDO JOSE, quien entre otras cosas expone; Yo me encontraba en el negocio Tascarimba de Curiepe, … en donde había un sonido había mucha gente, yo andaba con los ciudadanos JHONNY JASPE (OCCISO) ARTURO, DENNY URBINA, iban a ser las tres de la madrugada y decidimos salir del local, en el momento que vamos saliendo, comienzan a disparar de la parte de arrriba varios sujetos conocidos por mi persona como; JHONNY PIÑATE, CARLITOS PIÑATE, uno quien es hermano de un tipo que le dicen DUMBO, quien se llama CESAR, otro conocido como PEDRO RODRIGUEZ, y uno que es de Mamporal que le dicen JULITO, los mismos disparaban en sentido a la entrada de La Tasca, donde estaba reunida la gente, en realidad no sabía cual era el problema, resultando herido Jhonny Jaspe, , con un tiro en el abdomen, luego dejaron de disparar y Jhonny, fue llevado para el Hospital de Higuerote… se encontraban a una distancia de Cincuenta metros aproximadamente… había bastante iluminación porque existe alumbrado público, fueron más de diez disparos…”
Séptimo; Del Acta de Entrevista realizada VARGAS LONGA FREIMAR RAFAEL, quien expone; Hoy a eso de las 03:45 horas de la madrugada, deseaba entrar a una miniteca que estaba al frente de mi casa y en momentos en que estoy en la puerta del negocio empezaron a lanzar botellas y yo me regreso para mover mi carro el cual tenía estacionado al frente de mi casa que está al lado del negocio, moviendo el carro escucho varias detonaciones y veo que viene JHONNY, herido por una bala en su cuerpo a la altura de la barriga … lo monte en mi carro y lo llevé al Hospital de Higuerote … el estaba parado en la puerta del local…
Octavo: Del Acta de entrevista realizada al ciudadano; VELIZ ORTEGA ARTURO JOSE, quien manifestó “me encontraba en el negocio Tascarimba de Curiepe, había mucha gente, yo andaba con los ciudadanos JHONNY JASPE (OCCISO), EDGARDO MILANO Y DENNY URBINA, iban a ser las tres de la madrugada, y decidimos salir del local, en el momento que vamos saliendo, comienzan a disparar de la parte de arriba varios sujetos, lo hacían en sentido a la entrada de la Tasca, en realidad no sabía cual era el problema, resultando herido Jhonny con un tiro en el abdomen, luego dejaron de disparar y Jhonnny fue llevado al Hospital de Higuerote, cuando lo refirieron al Hospital de Guatire, falleció … logré ver a los ciudadanos CARLOS PIÑATE, apodado Carlito, CESAR PIÑA Y JULIO NIEVES, apodado Julito, … vi. que disparaban los tres como locos, … se encontraban a una distancia de unos cincuenta metros aproximadamente… … fueron unos catorce disparos aproximadamente…
Noveno: Del Acta de Entrevista de la ciudadana CRISS ZAIRE MATOS JASPE; quien manifestó “El día de hoy, como a eso de las 03:30 horas de la madrugada yo me encontraba en La Tasca Tascarimba, mejor conocida como la Tasca de Pedrito, estaba allí debido a que había una Miniteca, posteriormente tuve conocimiento … de las personas que se encontraban en la Miniteca que en la parte de afuera de dicha Tasca, había una pelea … supe que habían tiroteado a una persona y era mi tío Jhonny,… de acuerdo a la gente que se encontraba en la parte de afuera de la Tasca, dicen que los autores de éste hecho son del sector Tres de Mayo,. . él estaba con unos amigos de nombres DENNYS Y ARTURO.
En Audiencia Oral celebrada este Tribunal Segundo de Control Acordó decretar la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por estimar que existen fundados elementos de convicción suficientemente ya señalados además de que el hecho punible cuya acción se persigue, no se encuentra evidentemente prescrita y existe una presunción razonable de que la conducta desarrollada por los ciudadanos PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ PIÑATE, CESAR NAZARET PIÑA Y JHONNY RAFAEL NIEVES PIÑATE, constituye el tipo penal atribuido por el Ministerio Público y en consecuencia dada la pena que pudiera llegar a imponerse, existe peligro de fuga y obstaculización en la búsqueda de la verdad, de conformidad a lo s artículos 251 y 252 ejusdem. Se Decreta La Detención Judicial de los imputados.
DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD A LOS CIUDADANOS: PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ PIÑATE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.533.735, nacido el 27-12-1977, soltero, de 28 años de edad, MECÁNICO, hijo de BERNABELITA PIÑATE (v) y de IRAN RODIGUEZ (v), domiciliado: en Calle 3 de Mayo, casa s/n, frente a un cuidado diario, sector Las 3 esquinas de Curiepe, Municipio Brión Estado Miranda, JHONNY RAFAEL NIEVES PIÑATE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.508.572,









nacido el 26-08-1974, soltero, de 29 años de edad, buhonero, hijo de OLIVIA PIÑATE (f) y de JULIO NIEVES (v), domiciliado: en Calle La Soledad, sector las Tres Esquinas, frente al boulevard del Tres de mayo, casa s/n, Curiepe, Municipio Brión, Estado Miranda. CESAR NAZARET PIÑAHO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.346.345, nacido el 12-11-1984, soltero, de 20 años de edad, ayudante de albañilería, hijo de ANA PIÑA (f) y de FELIPE PIÑATE (v), domiciliado en; Calle Tres de Mayo, casa s/n, frente al Multihogar, Curiepe, Municipio Brión, Estado Miranda. por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 406 ordinal 1° en relación con el artículo 424 del Código Penal. Líbrense Boletas de Privación Preventiva de Libertad. Se ordena su detención preventivamente en La Policía del Municipio Brión. DADO SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL DIA DE VEINTITRES (23) DE MARZO DEL 2005. CUMPLASE
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABOGADA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ P.


LA SECRETARIA


ABOGADO: MARYS A. DUARTE R.
SEGUIDAMENTE SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO
LA SECRETARIA

ABOGADO: MARYS DUARTE R.

CAUSA N°: 2C00411-04