REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 22 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : ML21-P-2001-000434

JUEZ: Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.

SECRETARIO: Abg. JOSE MORENO

PENADO: WILLIAMS DEL VALLE GARCÍA FRANCO

FISCAL: Abg. ANGEL BASTARDO. FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA PLENA EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO.


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente causa, este Tribunal observa:

En fecha 12 de marzo de 2001 el Tribunal Primero de Juicio de esta Extensión acuerda remitir las presentes actuaciones al Juez de Ejecución competente para conocer de la ejecución dictada en el presente asunto.

En fecha 20 de marzo de 2001 el Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en conocimiento del presente asunto dicta un auto dando por recibidas las presentes actuaciones, acordando darles entrada bajo el N° 2E563/00.

En fecha 28 de marzo de 2001 el Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, dicta un auto mediante el cuál acuerda la inmediata ejecución de la pena impuesta al ciudadano GARCÍA FRANCO WILIAM DEL VALLE, y realiza el cómputo de la misma.

En el folio 113 de la segunda pieza del presente asunto cursa un acta levantada en fecha 09 de abril de 2001 por el Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en la cuál se deja constancia que el penado compareció ante ese Tribunal y se dio por notificado del auto de ejecución anteriormente citado y solicito ser trasladado a la Policía Metropolitana, Zona 2, Catia, Caracas, porque temía por su vida; y en auto de fecha 16 de mayo de 2001 el Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, acuerda lo solicitado por el penado.

Así en fecha 31 de mayo de 2001 el Dr. LEO RODRÍGUEZ ROJAS en su condición de Juez Provisorio del Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, se avoca al conocimiento de la presente causa, y continua sustanciando el presente asunto, hasta que en fecha 08 de enero de 2003 , inexplicablemente la Juez Primero de Ejecución de esta Extensión se avoca al conocimiento del mismo; y así también se avocaron las juezas que la sucedieron en dicha función.

Ahora bien, este Tribunal observa que esos avocamientos realizados por las Juezas que se fueron encargando del Primero de Ejecución de esta Extensión, son realizadas por un error material; en virtud de que esta juzgadora considera, que el tribunal de Ejecución al cuál le corresponde el conocimiento del presente asunto es al Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy; por lo que lo procedente y ajustado a derecho es devolverle el presente asunto. En consecuencia, se ordena librar oficio de remisión. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.
EL SECRETARIO

Abg. JOSÉ MORENO.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

EL SECRETARIO

Abg. JOSÉ MORENO.