REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION BARLOVENTO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Guatire, 21 de marzo del año 2005.-

194° y 145°


Vista la solicitud presentada por la ciudadana FLOR ESPERANZA CENTANNI, que da inicio a las presentes actuaciones. Vista la justificación promovida y evacuada, esta Juez Temporal Unipersonal N°. 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, en uso de sus atribuciones legales y sin perjuicio de terceros, de igual o mejor derecho, con fundamento en lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones como TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana FLOR ESPERANZA CENTANNI, titular de la cédula de identidad Nro. 7.684.716, del Adolescente FRANK CARMINE ALEXANDER CENTANNI, de 15 años de edad y de la niña FLORIANNA CARMINA ALEXANDER CENTANNI, de 06 años de edad, quienes son hijos del de Cujus FRANK ALBERTO ALEXANDER MORALES quien en vida fuese titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.748.079. Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada, previa su anotación en el Libro Diario de este Tribunal. CÚMPLASE.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02


DRA. AIDA ANTONIETA LEÓN DE OBADIA

LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON


NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.



LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N°. S-04/1095
AALO*JLP*JUDITH**