REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guatire, 31 de marzo del año 2005.-
194° y 146°
Por recibida la Solicitud DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana ROSALIA JACSON OROPEZA viuda de FARFAN titular de la cédula de identidad Nro. 3.184.696, debidamente asistida por la Abg. MILAGROS DEL VALLE ESPINOZA GONZALEZ. Vista la justificación promovida y evacuados los testigos, esta Juez Unipersonal N°. 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, en uso de sus atribuciones legales y sin perjuicio de terceros, de igual o mejor derecho, con fundamento en lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones como TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos ROSALIA JACKSON OROPEZA viuda de FARFAN, HECTOR EMILIO FARFAN JACKSON, LISSETTE DEL CARMEN FARFAN JACKSON, CARLOS ALBERTO FARFAN JACKSON y JOSE ANTONIO FARFAN JACKSON y del Adolescente JHONATAN RAFAEL FARFAN JACKSON, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.184.692, 10.096.488, 10.096.489, 10.096.487, 14.688.838 y 18.093.141, respectivamente, quienes son esposa e hijos del de Cujus HECTOR RAFAEL FARFAN GARCIA quien en vida fuese titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.752.566. Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada, previa su anotación en el Libro Diario de este Tribunal. CÚMPLASE.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02
DRA. AÍDA A. LEÓN DE OBADÍA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N°. S-05/1361
ALO*JLP*JUDITH**
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