REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de mayo de dos mil cinco (2005).
195º y 146º

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos que la acompañan, proveniente del Juzgado Distribuidor de causas de Primera Instancia, en fecha 21 de abril de 2005, presentado por el ciudadano LUIS DOMINGO OCCHIOCHIUSO FLAMINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.190.993, debidamente asistido por la abogada FANNY AVARIANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.451. Por cuanto se observa que la misma llena los extremos requeridos en el Código Civil y en el Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho; désele entrada, anótese en el Libro de Causas bajo el N° 25.034, en consecuencia, y en virtud que el error señalado es de naturaleza material, se ordena proceder de forma sumaria al examen de la pruebas suministradas por el interesado, previa notificación de la Fiscal Undécima del Ministerio Público, a quién se ordena notificar, conforme al ordinal 3° del Artículo 131 en concordancia con el Artículo 132, ambos del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se le concede un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación, a fin de que exponga lo que estime pertinente en el presente procedimiento. Líbrese boleta y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud, y entréguesele al Alguacil de este Juzgado, a objeto de que se practique la notificación ordenada.
EL JUEZ,

HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 25.034