REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, dieciséis (16) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RAFAEL ANTONIO SALINAS DIAZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.679.116 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno ubicado en el Barrio El Nacional, calle El Progreso, Los Teques, jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, con una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS (253 mts²), según consta en documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 27 de octubre de 2000, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en el escrito libelar. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada Fanny Mora inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 12.595. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/Tmr.-
EXP. N°. 05-40.923.-