REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciséis (16) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga en la sucesión, a las ciudadanas GLADYS JOSEFINA COLEZ DE VESGA y CARMEN CECILIA VESGA COLEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nos 4.845.570 Y 16.589.858, en su carácter de causa-habientes (esposa e hija), del de-cujus, quien falleció ab-intestato en fecha 01 de marzo de 2005, en el Hospital Victorino Santaella, de la ciudad de los Teques, devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada CARMARY RODÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.616, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,




HJAS/ rr
N° Exp. 40.981