REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, dieciséis (16) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MANUEL VILLADONIGA DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.276.875 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno ubicado en la calle principal, casa N° 18-P, Urbanización San Juan, San Antonio de Los Altos; Municipio Los Salias del Estado Miranda, dicha vivienda tiene un área de CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (433,48 mts²), según consta en documento, debidamente protocolizado por ante la Oficina del Registro Subalterno del Distrito Guaicaipuro, de fecha 04 de noviembre de 1996, bajo el N° 19, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en el escrito libelar. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Luis Chiochiudo inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.784. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,




HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA






HJAS/ICBC/Tmr.-
EXP. N°. 05-40.986.-