REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, dieciséis (16) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos GUISEPPE IZZO MASTROPIETRO y FILOMENA LOMBARDI DE IZZO, venezolano el primero y canadiense la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.085.778 y 1.022.319 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno signada con el N° 425, en el sector D-5 del Plano de Parcelamiento correspondiente a ídem sector, de la Urbanización Las Mercedes, situada en Rio Chico, Municipio Páez del Estado Miranda, la cual cuenta con una superficie de aproximada de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (800 mts²), según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Páez del Estado Miranda, en fecha 15 de enero de 1987, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en el escrito libelar. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Gian Carlos Melchionna inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.792. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,




HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA





HJAS/ICBC/Tmr.-
EXP. N°. 05-41.006.-