REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintitrés (23) de mayo de dos mil cinco (2005).
194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por el ciudadano ANIBAL EFRÈN SÀNCHEZ PONCE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.159.511, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ANIBAL EFRÈN SÀNCHEZ PONCE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.159.511, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un LOTE DE TERRENO DE SU PROPIEDAD UBICADO EN EL PARCELAMIENTO “EL PRADO”, JURISDICCIÒN DEL MUNICIPIO CECILIO ACOSTA DEL DISTRITO GUAICAIPURO, ESTADO MIRANDA. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado EMILIA MERCEDES VILLAMIZAR G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.671. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ


HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA



LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


EXP. N° 41.004
HJAS/ICBC/bd*