REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y cuatro (24) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Se abre al presente cuaderno de medidas a los fines de proveer en cuanto a la medida solicitada, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue ante este tribunal la abogada ANA MUENTES DE SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.752, actuando en su carácter de vicepresidente de la sociedad mercantil INVERSIONES 3157625, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 07 de junio de 1991, bajo el N° 75, tomo 120-A-Sgdo; contra la sociedad mercantil TODO LUZ CORPORACION, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 30, Tomo 35-A-Pro, en fecha 16 de marzo de 2004, a fin de proveer sobre la medida de SECUESTRO solicitada, con base en los artículos 588, 585 y 599, ordinal 7° del Código de Procedimiento Civil, el tribunal al respecto dispone: DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el siguiente bien inmueble constituido por: un lote de terreno de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 mts2), un local distribuido de la siguiente forma: QUINCE METROS (15 mts) de largo por SEIS METROS (6 mts) de ancho, con decoración en ladrillo, ventanas y un baño que forma parte del local, con capacidad de estacionamiento para ocho (08) vehículos aproximadamente, ubicado en el sector de la Guadalupe, kilómetro 16 de la Panamericana, Municipio Carrizal del Estado Miranda, cuyos linderos son: NORTE: con Auto-lavado Express; SUR: con terreno propiedad de la empresa INVERSIONES 3157625 C.A.; ESTE: con carretera Panamericana en sentido Caracas-Los Teques, que es su frente; y OESTE: con terreno propiedad de la empresa INVERSIONES 3157625 C.A.; para la práctica de la medida de secuestro se da comisión suficiente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, se le faculta suficientemente al Ejecutor de Medidas para que designe depositario y práctico en caso de que fuera necesario. Advirtiéndosele al Juez Ejecutor de Medidas que si la sociedad mercantil demandada presentará recibos de haber pagado los cánones de arrendamiento demandados los cuales son del: 22 de abril de 2004 hasta el 22 de marzo de 2005, suspenderá la ejecución de la medida y remitirá la presente comisión. Líbrense oficio, despacho y déjese constancia.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se libró despacho de secuestro, adjunto con oficio.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 25.014
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO. CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
AL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
HACE SABER:
Que con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue ante este tribunal la abogada ANA MUENTES DE SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.752, actuando en su carácter de vicepresidente de la sociedad mercantil INVERSIONES 3157625, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 07 de junio de 1991, bajo el N° 75, tomo 120-A-Sgdo; contra la sociedad mercantil TODO LUZ CORPORACION, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 30, Tomo 35-A-Pro, en fecha 16 de marzo de 2004, que este tribunal por auto de esta misma fecha y a solicitud de la parte actora, acordó comisionarlo y librar despacho de secuestro sobre el siguiente bien inmueble constituido por: “Un lote de terreno de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 mts2), un local distribuido de la siguiente forma: QUINCE METROS (15 mts) de largo por SEIS METROS (6 mts) de ancho, con decoración en ladrillo, ventanas y un baño que forma parte del local, con capacidad de estacionamiento para ocho (08) vehículos aproximadamente, ubicado en el sector de la Guadalupe, kilómetro 16 de la Panamericana, Municipio Carrizal del Estado Miranda, cuyos linderos son: NORTE: con Auto-lavado Express; SUR: con terreno propiedad de la empresa INVERSIONES 3157625 C.A.; ESTE: con carretera Panamericana en sentido Caracas-Los Teques, que es su frente; y OESTE: con terreno propiedad de la empresa INVERSIONES 3157625 C.A.”
Que ha sido usted, amplia y suficientemente facultado para la práctica de la medida decretada.
Que la parte demandante está representada por la abogada en ejercicio ANA MUENTES DE SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.752 y la parte demandada no tiene acreditado apoderado judicial en este juicio.
Que se faculta ampliamente al Jugado Ejecutor de Medidas para que designe depositario y práctico.
Así mismo, se le hace saber que deberá dar ESTRICTO cumplimiento a la comisión conferida, conforme lo establece el artículo 234 Código de Procedimiento Civil, actuando con la debida prudencia, y dejar constancia en el acta de los gastos, emolumentos y cualquier otra erogación que se genere en la práctica de la medida.
Que una vez cumplido la presente comisión se servirá Ud., devolver original con sus resultas a este Tribunal a la mayor brevedad posible.
Se le advierte al Juez Ejecutor de medidas que si la demandada presentará recibos de haber pagado los cánones de arrendamiento demandados los cuales son de: 22 de abril de 2004 hasta el 22 de marzo de 2005; suspenderá la ejecución de la medida y deberá devolver de inmediato la comisión a este juzgado.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, a los veinte y cuatro (24) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005). Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 25.014
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 24 de mayo de 2005.
195º y 146º
OFICIO Nº 0740-
CIUDADANA:
JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.-
Me dirijo muy respetuosamente a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, constante de un (01) folio útil, despacho de medida de secuestro contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue ante este tribunal la abogada ANA MUENTES DE SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.752, actuando en su carácter de vicepresidente de la sociedad mercantil INVERSIONES 3157625, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 07 de junio de 1991, bajo el N° 75, tomo 120-A-Sgdo; contra la sociedad mercantil TODO LUZ CORPORACION, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 30, Tomo 35-A-Pro, en fecha 16 de marzo de 2004, a fin de que se sirva darle cumplimiento y devolverla original con sus resultas para todo lo cual usted, ha sido ampliamente facultado.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
HJAS/magaly
Exp. Nº 25.014
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”
Tribunal Supremo de Justicia, Sala Plena, oficio Nº TPE-05-0170, de fecha 24-2-2005