REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y seis (26) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°

Vista la anterior demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentada por los abogados MARÍA INDALECIA CAÑIZALES LUQUE y FRANCISCO JOSÉ CAÑIZALES LUQUE, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 91.263 y 51.148 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RAFAEL ANTONIO TORRES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 2.684.241 contra la ciudadana MARÍA ELENA ZERPA ALVARADO. Désele entrada en el libro de causas bajo el N° 25.098 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a la demandada, ciudadana MARÍA ELENA ZERPA ALVARADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 6.259.713, para que comparezca ante este tribunal, ubicado en la avenida Bermúdez cruce con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, primer (1er) piso, Los Teques-Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, dentro de las horas comprendidas entre las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) y la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), a los fines de dar contestación a la demanda incoada en su contra; se ordena librar compulsa una vez que sean consignados los fotostatos requeridos para tal fin y entréguesele al alguacil de este despacho a objeto que cumpla con la citación ordenada. Así mismo se ordena el resguardo de la letra de cambio que cursa al folio 11, en la caja fuerte del tribunal. Líbrese compulsa respectiva y déjese constancia.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
EL SECRETARIO,


FERNANDO PARIS

En la misma fecha no se libró la correspondiente compulsa por falta de fotostatos.

EL SECRETARIO,


FERNANDO PARIS
HJAS/FP/magaly
Exp. N° 25.098