REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, treinta (30) de mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por los ciudadanos HÈCTOR JULIO ALEMÀN GUERRERO y LEONELA BEATRIZ MORALES DE ALEMÀN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-2.126.254 y V-621.273, respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos HÈCTOR JULIO ALEMÀN GUERRERO y LEONELA BEATRIZ MORALES DE ALEMÀN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-2.126.254 y V-621.273, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un LOTE DE TERRENO DE SU PROPIEDAD UBICADO EN LA CALLE EL MANANTIAL SUR, PARCELA Nº 418, CASA Nº 32, URBANIZACIÒN LOS CASTORES, SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, JURISDICCIÒN DEL MUNICIPIO LOS SALIAS, ESTADO MIRANDA. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada LINDY C. SOLÌS LOSSADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.046. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
FERNANDO PARIS
EXP. N° 40.912
HJAS/FP/bd*