REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veintitrés (23) de Mayo del dos mil cinco (2005).-
195 y 146º
Vista la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA, presentada por la Abogada GRACE PATRUYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.903, quien actúa en su propio nombre, en contra de la ciudadana VIVIANA MEDINA, désele entrada bajo el N° 522-05, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, tramítese por el Procedimiento Ordinario. En consecuencia CITESE a la ciudadana VIVIANA MEDINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.889.208, de este domicilio, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a su citación, en el horario comprendido de (8:30 am) a (1:30 pm) a dar contestación a la presente demanda u oponer las defensas que creyere convenientes. Compúlsese el libelo de demanda y junto con el auto de admisión y orden de comparecencia al pié, entréguese al alguacil del Tribunal encargado de practicar la citación. Certifíquense los fotostatos respectivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley de Sellos. En lo referente a la medida solicitada por la parte actora en su libelo de demanda, el Tribunal ordena abrir en esta misma fecha Cuaderno de Medidas. CÚMPLASE.-
EL JUEZ TEMPORAL.
DR. HUMBERTO ENRIQUE T. BELLO TABARES
EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha no libra compulsa ordenada por cuanto no fueron consignados los fotostatos para su certificación.
EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL GARCÍA.
AO/ldb
EXP. N° 522-05
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veintitrés (23) de Mayo del dos mil cinco (2005).-
195 y 146º
Se abre el presente cuaderno de medidas, conforme a lo ordenado en el auto dictado en esta misma fecha, en el juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA sigue la Abogada GRACE PATRUYO contra la ciudadana VIVIANA MEDINA, el cual se sustancia en el Expediente Nº 522-05, a los fines de proveer sobre la medida solicitada por la parte actora en el presente juicio, este Tribunal proveerá por auto separado.
EL JUEZ TEMPORAL.
DR. HUMBERTO ENRIQUE T. BELLO TABARES
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCÍA
AO/ldb.
Exp. N° 522 -05