REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinticuatro (24) de Mayo del Dos Mil Cinco (2005).
195° y 146°

Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado JUAN RAMON MARTINEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.570, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora empresa DISTRIGLOBAL 23. C.A, y visto el pedimento en ella contenido, por cuanto consta que según oficio N° CJ-05-1.994, de fecha 05 de Mayo del 2005, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, fui designado suplente especial para cubrir la falta temporal de la jueza AIZKEL ORSI, todo con motivo al disfrute del periodo vacacional, me avoco al conocimiento de la presente causa, la cual continuará su trámite legal en el estado que se encuentra, al día de despacho siguiente al de hoy. Se les hace saber a las partes, que dentro del lapso a que se refiere el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, podrán hacer uso de su derecho a cuestionar la competencia subjetiva del operador de justicia, lapso que no interrumpirá el curso normal de la causa. Así mismo se acuerdan expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción en ellas de la presente diligencia y del auto en que se acuerdan las mismas. Todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE.



EL JUEZ SUPLETE ESPECIAL
DR. HUMBERTO ENRIQUE T. BELLO TABARES


EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
En esta misma fecha se requieren de las respectivas copias fotostáticas, a los fines de su certificación.




EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA

HETBT/ Nelsa
EXP: 452-05