REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

195º y 146º
EL SOLICITANTE: FRANCISCO GUZMÁN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 2.850.814

ABOGADA ASISTENTE: ISABEL TERESA ORELLAN URBINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 101.647.

EXPEDIENTE Nº 14854
CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 07 de octubre del 2004, se recibió por el sistema de distribución de causas, solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, presentada por el ciudadano FRANCISCO GUZMÁN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 2.850.814, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ISABEL TERESA ORELLAN URBINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 101.647, quien manifestó que el acta de nacimiento de la finada ISIDORA GUZMÁN CAPOTE, no aparece inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda y en la oficina Principal del Registro Público del Estado Miranda, y según la cual de la revisión de Los Libros Duplicados de Registro Civil de Nacimientos correspondiente a los años 1914 al 1940, se constato que no aparece el acta a que dicha solicitud se contrae.
En fecha 21 de octubre de 2.004, este Tribunal mediante auto ordenó a la parte solicitante corregir el error en la solicitud presentada y una vez lo hiciera se proveería sobre su admisión hecha la corrección ordenada.
En fecha 10 de noviembre de 2004, el Tribunal admitió la solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 16 de septiembre de 2004, fueron consignados los fostostatos para su certificación y en esa misma fecha se ordenó librar la boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 23 de noviembre de 2004, fue notificada la Fiscal 11º del Ministerio Público, según consta diligencia estampada por el ciudadano Alguacil en fecha 25 de noviembre de 2004.
En fecha 09 de diciembre de 2004, compareció la Abg. Nelida Villoria Montenegro, en su carácter de fiscal del Ministerio Publico y mediante diligencia manifestó al Tribunal se sirviera tramitar la presente solicitud por el procedimiento ordinario.
En fecha 13 de diciembre de 2004, este Tribunal mediante auto ordenó librar edicto a todas aquellas personas que puedan tener interés directo y manifiesto en el presente procedimiento.
En fecha 12 de enero de 2005, compareció la abogada Isabel Orellan y mediante diligencia procedió a retirar edicto.
En fecha 25 de enero de 2005, compareció el ciudadano FRANCISCO GUZMÁN debidamente asistido por la abogada Isabel Orellan y mediante diligencia consignó edicto publicado en el diario Nacional procedió a retirar edicto.
En fecha 17 de febrero de 2005, este Tribunal mediante diligencia ordenó librar boleta de citación a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el articulo 771 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 22 de marzo de 2005, compareció el ciudadano FRANCISCO GUZMÁN debidamente asistido por la abogada Isabel Orellan y mediante diligencia consignó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 30 de marzo de 2005, este Tribunal mediante auto ordenó admitir las pruebas promovidas por el solicitante..
CAPITULO II
MOTIVA

El Tribunal en virtud que con las pruebas aportadas a los autos, se encuentra suficientemente comprobada la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara procedente la solicitud de inserción de partida de nacimiento de la difunta ISIDORA GUZMÁN CAPOTE.

CAPITULO III
DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 768 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la difunta ISIDORA GUZMÁN CAPOTE, quien nació en Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 04 de abril de 1914, y era titular de la cédula de identidad Nº V-621.503 Igualmente se ordena al ciudadano Registrador Civil y de Personas del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, tomar nota de la presente sentencia, todo de conformidad con el artículo 506 del Código de Civil, para lo cual se ordena librar el correspondiente oficio anexándosele copia certificada de la p resente decisión.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas necesarias, y remítase junto con oficios a los despachos respectivos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y del transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los veinte (20) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).- Año 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia, siendo las 11 00 a.m.-
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


MJFT/Jg
Exp Nº 14854