REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de mayo de dos mil cinco (2005).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse SUAREZ ORTEGA JESÚS MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-11.200.390, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí la conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 11 años. SEGUNDO: Si se y me consta que la solicitante, es propietaria de la parcela de terreno señalada en la solicitud. TERCERO: Si se y me consta que la solicitante en la parcela de terreno de su propiedad, construyó un edificio con las características señaladas. TERCERO: Si se y me consta que en las construcción del edificio, la solicitante invirtió la cantidad aproximada de QUINIENTOS DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs.510.000.000,00). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T TESTIGO


LA SECRETARIA ACC,





-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse SÁNCHEZ REYNA BETZABETH CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-12.729.194, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogada acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí la conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 9 años. SEGUNDO: Si se y me consta que la solicitante, es propietaria de la parcela de terreno señalada en la solicitud. TERCERO: Si se y me consta que la solicitante en la parcela de terreno de su propiedad, construyó un edificio con las características señaladas. TERCERO: Si se y me consta que en las construcción del edificio, la solicitante invirtió la cantidad aproximada de QUINIENTOS DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs.510.000.000,00). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.

TESTIGO


LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MF/yza.
Solicitud N° 20.811








JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de mayo de dos mil cinco (2005)-.
194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, de fecha 09 de octubre de 1987, bajo el N° 13, Protocolo 1°, Tomo 5; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: VERÓNICA DEL CARMEN DOUSSIAS FIGARELLA, venezolana, mayor de edad y titulare de la cédula de identidad N° V-4.595.006, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-

LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud Nº 20.811.