REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 31 de mayo de dos mil cinco.
195º y 146º
Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, la DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T., tomó posesión del cargo como Jueza Temporal de éste Tribunal, se avoca al conocimiento de la causa y en cuanto a la solicitud formulada por la parte actora, se ordena proveer sobre la misma en el cuaderno de medidas.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA D. DE SOLARES
MJFT/rosa*
Exp.Nº10046
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 31 de mayo de dos mil cinco.
195º y 146º
Vista la diligencia que corre inserta al folio 63 del cuaderno principal, suscrita por la abogada, ALCIRA PADRÓN, en su carácter de parte demandante, mediante la cual manifiesta a éste Tribunal, que por cuanto la parte demandada ha cancelado la totalidad de la deuda objeto de este juicio, solicita se levante la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en 15-02-2000; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se SUSPENDE la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por éste Tribunal en fecha 15 de febrero de 2005, la cual recayó sobre el siguiente bien inmueble: Apartamento distinguido con el NºPH-B-4, de la Torre B, del Conjunto Residencial Playa Dorada, situado en el Sector Ramadita de Boca de Aroa, en Jurisdicción del Municipio Tucacas, Distrito Silva, Estado Falcón, el cual tiene una superficie aproximada de ciento treinta y cinco metros cuadrados (135 Mts.2), de construcción, de los cuales treinta metros cuadrados (30 Mts.2) son de terraza, se compone de dos niveles, los cuales están conformados por tres (3) habitaciones, cuatro (4) baños, recibo-comedor-zona cocina, escalera, terraza y le corresponde un puesto de estacionamiento doble en columna, designado con el mismo número y letra. Dicho inmueble se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fachada norte del edificio y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del edificio; ESTE: Apartamento PH-B-5; OESTE: Apartamento PH-B-3 y le corresponde un porcentaje de Condominio de CATORCE CON VEINTE Y CINCO MILÉSIMAS (14,25) en los derechos y obligaciones que se deriven de éste. El inmueble antes descrito pertenece al ciudadano JOSE ENRIQUE BRACHO G., según documento debidamente registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Silva del Estado Falcón, Tucacas, en fecha 14 de mayo de
1998, bajo el Nº46, folios 284 al 288, Protocolo Primero, Tomo 7, Segundo Trimestre de 1998.- LIBRESE OFICIO
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA D. DE SOLARES
NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA ACC.
MJFT/rosa*
Exp.Nº10046
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 31 de mayo de 2005
195º y 146º
No._______
CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO DEL DISTRITO SILVA DEL ESTADO FALCÓN, TUCACAS
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, a fin de hacer de su conocimiento, que por auto de esta misma fecha y a solicitud de la parte intimante; este Tribunal SUSPENDIO la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 15-02-2000, y la cual le fue participada según oficio Nº436, con fecha 15-02-2000; en el juicio de INTIMACION, que sigue la abogada ALCIRA PADRÓN DE FLORES, contra el ciudadano: JOSE E. BRACHO G., el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº10046, siendo que la misma recayó sobre el siguiente bien inmueble: Apartamento distinguido con el NºPH-B-4, de la Torre B, del Conjunto Residencial Playa Dorada, situado en el Sector Ramadita de Boca de Aroa, en Jurisdicción del Municipio Tucacas, Distrito Silva, Estado Falcón, el cual tiene una superficie aproximada de ciento treinta y cinco metros cuadrados (135 Mts.2), de construcción, de los cuales treinta metros cuadrados (30 Mts.2) son de terraza, se compone de dos niveles, los cuales están conformados por tres (3) habitaciones, cuatro (4) baños, recibo-comedor-zona cocina, escalera, terraza y le corresponde un puesto de estacionamiento doble en columna, designado con el mismo número y letra. Dicho inmueble se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fachada norte del edificio y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del edificio; ESTE: Apartamento PH-B-5; OESTE: Apartamento PH-B-3 y le corresponde un porcentaje de Condominio de CATORCE CON VEINTE Y CINCO
MILÉSIMAS (14,25) en los derechos y obligaciones que se deriven de éste. El inmueble antes descrito pertenece al ciudadano JOSE ENRIQUE BRACHO G., según documento debidamente registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Silva del Estado Falcón, Tucacas, en fecha 14 de mayo de 1998, bajo el Nº46, folios 284 al 288, Protocolo Primero, Tomo 7, Segundo Trimestre de 1998.
Participación que se le hace a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros respectivos.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp.Nº10046