REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA


194° y 145°


De la revisión efectuada al presente expediente esta Juzgadora observa:
Que en fecha 10 de Marzo de 2004, el ciudadano OSCAR ALBERTO TORRES LOZANO, abogado inscrito en el inpre abogado bajo el Nro. 68147, endosatario del ciudadano FELIX ANTONIO GRATEROL CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.062.806, demanda a los ciudadanos CHACON DURAN YASMINIS y SILVA CARRILLO PEDRO, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.176.836 y V-8.990.163 por el PROCVEDIMIENTO DE INTIMACION.
En fecha 24 de Marzo del año 2004 se admitió la demanda acordando la intimación del demandado.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes….”
En el caso de autos se evidencia, que desde la fecha en que se introdujo el libelo de la demanda, la parte demandante no ha realizado actuación alguna que haga ver interés en el juicio y habiendo transcurrido mas de un año sin que la parte demandante impulse el presente procedimiento, lo que procede es declarar la perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
En consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la perención de la instancia y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.
Dada, firmada sellada y refrendada en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en San Cristóbal a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil cinco. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 8:00 de la mañana, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se archivó el expediente.


La Secretaria.




EXPEDIENTE Nro. 30.816.-




DEMANDANTE: TORRES LOZANO OSCAR ALBERTO ENDOSATARIO EN PROCURACION DEL CIUDADANO GRATEROL CONTRERAS FELIX ANTONIO.





DEMANDADO: CHACON DURAN ANA YASMINIA y SILVA CARRILLO PEDRO LA PRIMERA CON CARÁCTER DE DEUDOR Y LA SEGUNDA CON CARÁCTER DE AVALISTA.






MOTIVO: PROCEDCIMIENTO DE INTIMACION.



FECHA 23 DE MAYO DE 2005



Abg. REYNA MAILENY SUAREZ SALAS
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL.


QUIEN SUSCRIBE Abg. IRALI YOCELYN URRIBARRI DIAZ SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA PRESENTE COPIA LA CUAL ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL QUE CORRE INSERTA AL EXPEDIENTE Nro. 30.816 San Cristóbal, 23 de mayo del año 2005.



La Secretaria.