JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiséis de Mayo de dos mil cinco.-
194º y 146º
Recibido por Distribución constante todo de (04) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la ciudadana ZULMA ELIZABETH MARTINEZ DELGADO, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-11.507.652, domiciliada en la Aldea la Tinta, carretera principal, casa sin numero del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, asistida por la Abogada SURLEY ESPERANZA MARQUEZ CALDERON, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°. 74.963, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana ZULMA ELIZABETH MARTINEZ DELGADO, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el verdadero nombre de la solicitante es ZULMA ELIZABETH y no como incorrectamente aparece SULMA ELIZABETH. En consecuencia ofíciese al Registrador Civil del Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento Nº 3361, de fecha 21 de Agosto de 1.975, inserta por ante la Prefectura del Municipio la Concordia del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana ZULMA ELIZABETH MARTINEZ DELGADO. Expídase copias certificadas.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
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