REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES
Los Teques, 26 de Mayo de 2005
194° y 146°
CAUSA 2M-866/04
JUEZ: YANETT RODRIGUEZ CARVALHO
SECRETARIA: ADDA YUMAIRA ESPINOZA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: Dr. ORLANDO EFRAÍN PADRÓN, Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
ACUSADO: JARRY JOHAN RANGEL CORNEJO, titular de la cédula de identidad personal número V-16.146.571.
DEFENSA: Dra. MERCEDES ADRIÁN ALVAREZ, adscrita a la Unidad de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
DELITO: OCULTACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Siendo la oportunidad legal correspondiente a los fines que en la causa seguida en contra del ciudadano JARRY JOHAN RANGEL CORNEJO, titular de la cédula de identidad personal número V-16.146.571, tenga lugar la audiencia pública de constitución del Tribunal Mixto a que se contrae la norma del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la que se resuelve sobre las inhibiciones y recusaciones que pudieran presentarse así como acerca de los impedimentos y excusas de las personas seleccionadas por sorteo para actuar como escabinos, a tales efectos y con las formalidades de ley se constituyó a tales efectos el Tribunal de primera instancia en funciones de juicio, No. 02, en la sala número 02 ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia, encontrándose el mismo presidido por la Juez, Dra. YANETT RODRIGUEZ CARVALHO, quien solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes y demás personas de asistencia necesaria para llevar a cabo el acto, informando ésta que se encuentran presentes respecto de las partes la defensora pública penal, Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, el acusado RANGEL CORNEJO JARRY JOHAN, previo traslado del Internado Judicial de Los Teques, lugar actual de su reclusión, así como el Fiscal Tercero del Ministerio Público, Dr. ORLANDO EFRAIN PADRÓ, en tanto que de los ciudadanos electos por sorteo para actuar como escabinos se encuentra únicamente la ciudadana PARRA AZUAJE LEIDA ZURIMA, quien fuera seleccionada como suplente 4 en sorteo número 01142 efectuado en fecha veintidós (22) de Octubre del año dos mil cuatro (2004) en la Oficina de Participación Ciudadana de esta localidad, constatándose, por su parte, la ausencia de los demás ciudadanos igualmente electos por sorteo para desempeñarse como escabinos respecto de la presente causa.
Así la constatación realizada de las partes y personas presentes que fueran convocadas para el acto, al advertirse haber acudido al llamado de este órgano jurisdiccional tan sólo la ciudadana PARRA AZUAJE LEIDA ZURIMA, en lo que a personas seleccionadas para actuar como escabinos respecta, hizo la juez suscrita revisión exhaustiva de las resultas correspondientes a las boletas de notificación libradas a los ciudadanos XIORELY COROMOTO LIEBANO ROJAS, DORELVIA AMADA SANTOS FARIA y JOSÉ MANUEL PALMERO HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad personales Nos. V-10.380.308, V-11.035.613 y V-10.546.604, respectivamente, siendo que del examen realizado a tales resultas se observó que respecto de las reiteradas boletas libradas a la ciudadana DORELVIA AMADA DOS SANTOS FARIA las mismas fueron recibidas en su mayoría por persona que suscribe Julio Santos, progenitor de la misma, y en una ocasión por la propia ciudadana, sin embargo pese a las múltiples convocatorias no se ha apersonado en oportunidad alguna la precitada a la sede del Tribunal en las datas y hora indicadas, en tanto que respecto de la ciudadana XIORELY COROMOTO LIEBANO ROJAS las boletas no fueron recibidas por su persona, lo que igualmente se advirtió en cuanto al ciudadano, también electo a escabino, JOSÉ MANUEL PALMERO HERNÁNDEZ, siendo que las boletas correspondientes no han sido por él recibidas de manera personal aunado a haber informado la secretaria de este órgano jurisdiccional haber realizado llamada telefónica en el día de hoy a número plasmado en comunicación cursante al folio 14 de la segunda pieza del expediente, correspondiente a la empresa donde el ciudadano en cuestión labora, siendo indicado que el mismo se encuentra en los actuales momentos y desde hace algunos meses en la localidad de Valle de Guanare, Estado Anzoátegui, como coordinador de obra.
Así pues, en justa correspondencia con las circunstancias referidas ut supra y siendo obligación de todo juez de la República asegurar la integridad de la Carta Magna, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico, estableciendo ésta entre sus garantías la Justicia expedita, sin dilaciones indebidas, lo cual igualmente ampara el legislador patrio en el artículo primero del texto adjetivo penal vigente, advirtiendo esta juzgadora en el caso in concreto la imposibilidad que se presenta de constituir el Tribunal mixto que habrá de conocer del asunto seguido al ciudadano RANGEL CORNEJO JARRY JOHAN con las personas seleccionadas para desempeñarse como escabinos en los sorteos efectuados el día veintidós (22) de Octubre del año próximo pasado, a excepción de la ciudadana PARRA AZUAJE LEIDA ZURIMA, quien acudiera a las convocatorias realizadas, por resultar procedente y conforme a derecho de acuerdo a la norma del artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda realizar un sorteo extraordinario de selección de ciudadanos para actuar como escabinos en la presente causa, quedando fijada como oportunidad para su verificación el mismo día de hoy, emitido como fuera tal pronunciamiento, ello en aras de evitar demoras en el proceso y considerando que se encontraban presentes en Sala las partes que de conformidad con el artículo 163 ejusdem deben ser notificadas de la fijación de tal acto. Y ASÍ SE DECLARA.
Acto seguido, presentes en la Oficina de Participación Ciudadana la juez del Tribunal, la secretaria, el alguacil, la Licenciada AURA EVELYN BELLO, el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, Dr. ORLANDO EFRAÍN PADRÓN, la Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, defensora del acusado, así como la persona del mismo, ciudadano RANGEL CORNEJO JARRY JOHAN, con las formalidades del caso y mediante el sistema automatizado implementado a tales efectos se llevó a cabo, en audiencia pública, el sorteo extraordinario de selección de escabinos, resultando electos en el sorteo signado con el número 01366 los ciudadanos MANRIQUE ALVAREZ JESÚS ALBERTO, MARTÍNEZ CRUZ VIDAL, FUENMAYOR HERNÁNDEZ NEYDA MARGARITA, RUZ LUIS ENRIQUE, VIANA COLINA JOSÉ DE JESÚS, PERALES MEDINA XONMARA XIOMARA, GUERRERO CARLOS JOSÉ y CANDELLA LARIZZA DANIELA, como titular 01, titular 02, suplente 01, suplente 02, suplente 03, suplente 04, suplente 05 y suplente 06, respectivamente; no obstante, siendo que de la revisión que hicieran Juez, secretaria y alguacil de las direcciones de domicilio de los precitados ciudadanos electos a escabinos se observó resultar de imposible ubicación, dada la insuficiencia de datos, las correspondientes a los ciudadanos indicados como titulares 01 y 02, y suplentes 01 y 04, considerándose, por tanto, de tal sorteo, a efectos de su convocatoria para la constitución del Tribunal Mixto, a cuatro (04) de los referidos ciudadanos, a saber, RUZ LUIS ENRIQUE, VIANA COLINA JOSÉ DE JESÚS, GUERRERO CARLOS JOSÉ y CANDELLE LARIZZA DANIELA, en los renglones de suplentes 02, 03, 05 y 06, del listado en cuestión, se procedió, en consecuencia, a los fines de completarse la lista de ocho (08) ciudadanos requerida por el legislador en el artículo 163 adjetivo penal, a la realización de nuevo sorteo, el cual quedó signado con el número 01367, en el que resultaron electos para su desempeño como escabinos, en el orden de titulares 01 y 02, y suplentes 01, 02, 03, 04, 05 y 06, los ciudadanos ZAMBRANO ZAMBRANO CARLOS EDUARDO, GONZÁLEZ FERRAEZ JOSÉ GREGORIO, CHAVEZ EUCLIDES ALEJANDRO, SARDHINA JARDIM MARIA, PONCE PORTE GERALYN IRENE, AGELVIS CARVALLO NANCY MERCEDES, CASTELLANOS MÁRQUEZ OMAR ENRIQUE y CARRERO BUITRAGO MARIA BELCI, respectivamente. Así pues, al igual como fuera realizado en sorteo anterior, Juez suscrita, secretaria y alguacil procedieron a verificar las posibilidades de ubicación de las direcciones plasmadas en el listado y concernientes a los precitados ciudadanos, observando resultar insuficientes los datos atinentes a los renglones de titular 02 y suplentes 02, 05 y 06, prescindiéndose, por tanto, de de los mismos, considerándose, por el contrario, y a los efectos ut supra señalados, a objeto de completar la lista de ciudadanos para actuar como escabinos a que se contrae la referida norma del artículo 163, las personas electas en los renglones de titular 01 y suplentes 01, 03 y 04.
De esta manera, contándose con la presencia de la ciudadana LEIDA ZURIMA PARRA AZUAJE, persona electa en sorteo efectuado el día veintidós (22) de Octubre del año dos mil cuatro (2004), y habiendo sido seleccionados en el día hoy, en sorteos extraordinarios números 01366 y 01367, los ciudadanos RUZ LUIS ENRIQUE, VIANA COLINA JOSÉ DE JESÚS, GUERRERO CARLOS JOSÉ y CANDELLE LARIZZA DANIELA, ZAMBRANO ZAMBRANO CARLOS EDUARDO, CHAVEZ EUCLIDES ALEJANDRO, PONCE PORTE GERALYN IRENE y AGELVIS CARVALLO NANCY MERCEDES, quedando completada la lista de personas requerida por la normativa adjetiva penal a los fines de llevarse a cabo la audiencia de constitución del Tribunal mixto, se ordena, de conformidad con el aludido artículo 163, primer aparte, notificar a los precitados ciudadanos, acerca de su selección como candidatos a desempeñar la función de escabinos en la presente causa y de la oportunidad que se fija para la realización de la audiencia pública a que se contrae el artículo 164 ejusdem, acto este cuya data se precisa para el día martes siete (07) de Junio del año dos mil cinco (2005) a las dos horas con treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.). Quedan las partes y persona electa a escabino presentes en el acto realizado en esta fecha de la data y hora precisados para la celebración de la audiencia pública de constitución del Tribunal Mixto, ordenándose el libramiento de boleta de traslado con destino a la directora del Internado Judicial de Los Teques a objeto de hacerse presente en la oportunidad señalada la persona del acusado.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Atendidas las circunstancias particulares del caso in concreto que denotan imposibilidad de integrarse el Tribunal Mixto que conocerá de la causa seguida en contra del ciudadano RANGEL CORNEJO JARRY JOHAN con las personas seleccionadas a actuar como escabinos en los sorteos efectuados el día vintidós (22) de Octubre del año próximo pasado, a excepción de la ciudadana LEIDA ZURIMA PARRA AZUAJE, quien acudiera a la convocatoria que le fuera realizada para esta fecha, en aras de la vigencia del imperativo constitucional de una Justicia expedita, sin dilaciones indebidas y de conformidad con el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda efectuar SORTEO EXTRAORDINARIO DE SELECCIÓN DE CIUDADANOS PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE ESCABINOS EN EL PRESENTE ASUNTO, fijándose como oportunidad para su verificación el día de hoy, presentes como se encuentran las partes y evitando cualquier demora en el proceso. SEGUNDO: Realizados como fueran los sorteos extraordinarios signados con los números 01366 y 01367, y atendiendo a las direcciones de posible ubicación de las que se encontraran plasmadas en los listados correspondientes, se consideran a los efectos de ser convocados al acto de la audiencia oral y pública de constitución del Tribunal Mixto que habrá de conocer del presente asunto, a objeto de desempeñar la función de escabinos, los ciudadanos RUZ LUIS ENRIQUE, VIANA COLINA JOSÉ DE JESÚS, GUERRERO CARLOS JOSÉ y CANDELLE LARIZZA DANIELA, ZAMBRANO ZAMBRANO CARLOS EDUARDO, CHAVEZ EUCLIDES ALEJANDRO, PONCE PORTE GERALYN IRENE y AGELVIS CARVALLO NANCY MERCEDES. TERCERO: Se fija como data para la celebración de la audiencia a que se contrae el artículo 164 adjetivo penal el día martes siete (07) de Junio del año dos mil cinco (2005) a las dos horas con treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.)
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario, y líbrense boletas de notificación a los electos a actuar como escabinos, así como de traslado con destino a la directora del Internado Judicial de Los Teques a objeto de hacerse presente en la oportunidad señalada la persona del acusado, ciudadano JARRY JOHAN RANGEL CORNEJO.
LA JUEZ
YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
LA SECRETARIA
Abg. ADDA YUMAIRA ESPINOZA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, haciéndose publicación, registro y asiento de la decisión, así como librándose boletas de notificación y traslado correspondientes, todo lo cual certifico.
LA SECRETARIA
Abg. ADDA YUMAIRA ESPINOZA
YRC/yrc*
Causa Nro. 2U-866-04
* Siete (07) folios. Fecha 26-05-2005
Acusado: Jarry Johan Rancel Cornejo
Asunto: Sorteo Extraordinario
Sin enmiendas